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La Junta esquiva la LOMCE en el nombramiento de directores de centros docentes

Foto: Europa Press

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Ya ha entrado en vigor, tras su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), el decreto que regula el procedimiento para la selección y el nombramiento de los directores en centros docentes públicos no universitarios de Castilla-La Mancha, tras contar con el visto bueno del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha. Este decreto modifica el aprobado por el anterior Ejecutivo del PPen abril de 2014, que adecuaba el procedimiento de selección de directores y directoras a las novedades introducidas en esta materia por la Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE).

El actual departamento de Educación considera oportuno, transcurridos dos años desde la aprobación del decreto de abril de 2014, aprobar una nueva regulación que, en primer lugar, posibilite una “intervención equitativa” de los diversos sectores de la comunidad educativa en la comisión de selección de directores y, en segundo lugar, establezca unos “nuevos criterios” para la valoración del proyecto de dirección y de los méritos de las candidaturas presentados al procedimiento de selección.

En la tramitación de este decreto han intervenido el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha mediante la emisión del preceptivo dictamen y se ha consultado a los representantes del profesorado a través de la Mesa sectorial de educación. En el mismo se incorpora la posibilidad de que el docente que desee presentarse al procedimiento de selección de director lo pueda hacer para el mismo centro hasta en cuatro convocatorias consecutivas, participando del procedimiento en las mismas condiciones que el resto de candidatos que así lo deseen.

De igual modo, el procedimiento del concurso de méritos para la selección de director constará de dos fases por primera vez con carácter eliminatorio. En la primera se valorará el proyecto de dirección y en la segunda fase se valorará los méritos académicos. Establece, por último, que el profesorado que haya sido nombrado para el cargo de director según la normativa anterior continuará en el mismo hasta el final de su periodo de mandato.

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