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La Ley de Garantías sólo se aplica a aquellos que tengan tarjeta sanitaria

Quirófano en el Hospital de Talavera de la Reina. Foto oficial del SESCAM.

elDiarioclm.es

La edición del viernes 25 de julio del Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado, haciendo oficial, la Ley de Garantía de Atención Sanitaria y del ejercicio de la libre elección en las prestaciones que ofrece el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, que, tal como ha prometido el Gobierno regional permitirá a los pacientes registrados en el SESCAM la libre elección de médico y centro.

Sin embargo, sólo aquellos que dispongan de tarjeta sanitaria del Servicio de Salud regional podrán gozar de los derechos que promete la legislación, mientras que el resto de los ciudadanos españoles se tendrán que acoger a lo que la legislación a nivel nacional dispone, así como los convenios a nivel nacional e internacional que correspondan.

La consejería que preside José Ignacio Echániz estará también a cargo de establecer las técnicas de las distintas especialidades quirúrgicas, las consultas de especialistas externos, así como las pruebas diagnósticas que se consideran especializadas. Por otra parte, los tiempos máximos de respuesta, una de las principales preocupaciones de los socialistas al proponer la Ley, se garantizará en cada caso según lo establezca la Consejería de Sanidad y Asuntos sociales.

La Consejería competente en materia de sanidad fijará los procedimientos y técnicas de las diferentes especialidades en las modalidades de cirugía, consultas externas de especialistas y pruebas diagnósticas especializadas, así como los tiempos máximos de respuesta, que se garantizan en cada caso. Por su parte, el Sescam se encargará de indicar la gravedad de las enfermedades, el motivo por el que el paciente es atendido, la eficacia y oportunidad de la intervención, y los permisos de trabajo de los pacientes.

Si bien los pacientes podrán decidir en qué centro quieren ser atendidos a lo largo de la región, en el caso de que no puedan ser atendidos en el centro elegido por él, el Servicio de Salud está obligado a informar de la situación y de ofertar los centros sanitarios propios para su atención. Así mismo, a pesar de haber elegido un centro médico, en caso de atención especializada los pacientes podrán dirigirse a los centros de referencia.

Si los plazos establecidos por la Ley son superados, el paciente podrá referirse a otros centros, y de los costes de esta derivación se hará responsable el Sescam, garantizándose también la regulación de las causas que provoque que se pierda la garantía asistencial. Además, el Sescam se hará cargo también de los gastos, según se regulan, de los acompañantes de menores, incapacitados o dependientes.

Además, el Servicio de Salud deberá facilitar la información de las listas de espera con un carácter mensual, y de acceso libre para todos los ciudadanos. En este registro, se inscribirán todos los pacientes, en el caso de solicitar una atención sanitaria especializada, que presenten la característica de no programada y que no sean urgentes. Esta ley, con todas sus regulaciones, entrará en vigor el 1 de octubre de este año.

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