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El SESCAM, condenado por no operar a tiempo a un paciente que después falleció

Hospital General de Albacete / Foto: SESCAM

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Nueva sentencia condenatoria para el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM) por mala praxis médica. En este nuevo caso, los tribunales, tras la tramitación a través de los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente, ha condenado a este servicio público a indemnizar a la familia de un hombre que acudió al Hospital general de Albacete con dolor abdominal y diarrea. Fue dado de alta y falleció a los dos meses de un shock séptico por no haber sido operado de la vesícula, por lo que el SESCAM debe ahora indemnizar a su viuda y a sus dos hijos con un importe de 200.000 euros.

El caso se remonta al año 2012, cuando al hombre se le practicó un TAC en urgencias que le diagnosticó colecistitis enfisematosa, así como una posible neoplasia de colon. El Defensor del Paciente apunta que este cuadro precisaba de una intervención quirúrgica urgente, en un plazo máximo de 72 horas, pero que “de forma injustificada”, el servicio de cirugía general decidió, después de haberle suministrado tratamiento antibiótico, proceder a su alta hospitalaria.

Dos meses después el paciente tuvo que acudir nuevamente al mismo hospital. En esta ocasión se comprobó tras una ecografía que la colecistitis se había agravado sensiblemente. En un primer momento se le practicó una limpieza biliar que no remontó el cuadro y tras un nuevo agravamiento, se le realizó una colecistectomía de emergencia. No obstante, al haberse extendido el proceso infeccioso de forma generalizada, el paciente murió a consecuencia de un shock séptico.

La Asociación afirma que los protocolos médicos en estos casos son “claros e indubitados” y que ante el diagnóstico inicial de colecistitis enfisematosa se ha de proceder a realizar una intervención quirúrgica de urgencia para erradicar el proceso infeccioso de la vesícula u órganos adyacentes. En este sentido, la Inspección Médica del SESCAM reconoció que el paciente, de haber sido operado en ese referido plazo  de 72 horas, no hubiera fallecido. Por estos hechos la viuda y los hijos del paciente fallecido acudieron a la Asociación El Defensor del Paciente, que interpuso recurso contencioso-administrativo contra el “anormal funcionamiento” del Servicio Público de Salud, reclamando al SESCAM una compensación económica por el daño ocasionado.

El proceso ha derivado en la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo número 1 de Albacete, que condena al SESCAM a abonar a la familia un importe de 200.000 euros en concepto de indemnización, además de las costas procesales. La asociación considera que se trata de una “sentencia ejemplar en lo que se refiere a la valoración del daño”.

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