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El Supremo da la razón al Ayuntamiento de Talavera en el recurso que presentó contra el Plan Hidrológico del Tajo

FOTO: Europa Press

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El Tribunal Supremo ha vuelto a ratificar en una nueva sentencia la anulación de los artículos del Plan Hidrológico de la Cuenca del río Tajo aprobado por el Real Decreto 1/2016, que supone la obligación de revisar los caudales ecológicos y que resuelve el recurso presentado por el Ayuntamiento de Talavera de la Reina (Toledo), con la novedad de incluir además la obligación de cumplir con objetivos medioambientales en toda la cuenca del Tajo.

Según la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Plan Hidrológico del Tajo “no contiene una regulación de los objetivos medioambientales conforme a la normativa vigente”, y en concreto se refiere a seis masas de agua que carecen de datos respecto a la regulación de los objetivos medioambientales que garanticen el buen estado del río, entre los que se encuentra el embalse de Finisterre y el Canal de Castrejón.

A este respecto, el portavoz de la Plataforma de los ríos Tajo y Alberche, Miguel Ángel Sánchez, ha explicado que esta segunda sentencia vuelve a mantener el mismo criterio que en la sentencia de la Plataforma que declara la nulidad de varios artículos de la normativa del Plan de Cuenca, a lo que se suma también que el Ayuntamiento de Talavera recurrió el incumplimiento de una serie de objetivos medioambientales en determinadas zonas como el embalse de Finisterre.

Si bien el Supremo va más allá y pone sobre la mesa los objetivos medioambientales fijados en el Plan de Cuenca, que no se han llevado a cabo por otra parte, obligando ahora al Gobierno central a incluir objetivos medioambientales en toda la cuenca del Tajo. “Estamos como en los años 70 pues el Plan de Cuenca no tiene ni indicadores medioambientales ni objetivos medioambientales, todo estaba mal hecho, todo estaba fuera de juego y estaba hecho para hacer la trampa”, ha manifestado.

Según ha expresado a Europa Press el portavoz de la Plataforma, el Ministerio durante estos años no ha dado importancia a ciertos ecosistemas ligados a los ríos y cuando ha habido problemas de emergencia de sequía, “se limitaba a restringir fuertemente los caudales ecológicos circulantes”. “Lo que dice el Supremo ahora mismo es que se pongan objetivos medioambientales reales que garanticen el buen estado del río”, ha concretado.

La unidad del Tajo

El recurso que ha dado lugar a la segunda sentencia a favor del río Tajo, se presentó tras la moción conjunta aprobada en el pleno del Ayuntamiento de Talavera en 2016, impulsada por el grupo municipal Ganemos Talavera, a petición de la Plataforma en defensa de los ríos Tajo y Alberche de la ciudad, y tras una reunión en febrero de ese mismo año entre los alcaldes de Talavera, Toledo y Aranjuez en el Ayuntamiento de Talavera.

Por su parte, el alcalde de Talavera de la Reina (Toledo), Jaime Ramos, durante un acto celebrado este martes ha mostrado su satisfacción por esta nueva sentencia favorable a los intereses del río Tajo y de los municipios de su cuenca, y que muestra la importancia, a su juicio, “de la unidad de acción”.

Esta sentencia, ha señalado Ramos, “es de todos los grupos políticos con representación municipal que desde el principio han ido de la mano en todas estas cuestiones”. “Esa unidad de acción del Ayuntamiento de Talavera es la que pido al resto de administraciones”, ha indicado.

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