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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Ratifiquen la Carta Social Europea

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Gabriel Moreno González

“España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho”, reza el primer artículo de la Constitución, aunque bien podría sustituirse por atávicas soflamas dada la aparente inoperancia de algunas de sus adjetivaciones. Las políticas neoliberales de los últimos años, nuestra inserción en una Unión Europea tamizada de ciega creencia en las bondades del libre mercado y la falta de voluntad política, han provocado una verdadera mutación constitucional y desvirtuado, de forma contundente, el apelativo de “social” que recibe nuestro Estado.

Y buena cuenta de ello lo da el insólito hecho de que, a día de hoy, el Reino de España se encuentre tristemente entre el grupo de países que, aun habiendo firmado la Carta Social Europea, no han ratificado las modificaciones introducidas en 1995 y 1996, que crean un sistema de control de cumplimiento de los derechos sociales y amplían, al tiempo, su catálogo. Si el nuevo gobierno presidido por Pedro Sánchez quiere de verdad dejar su impronta en la defensa de los derechos de todos los ciudadanos e iniciar un cambio de rumbo en la protección efectiva de los mismos, debería inmediatamente ratificar dichas modificaciones y así vincular, desde el presente, las posibles decisiones funestas que tomen sus sucesores.

Y es que la Carta es, sin duda, el instrumento más avanzado de reconocimiento de los derechos sociales en Europa. Nacida al calor de la consolidación y triunfo del Estado de Bienestar en los años sesenta, hoy se presenta ante algunos gobernantes del continente como un texto anacrónico, anclado en las viejas concepciones surgidas del gran pacto creado entre el Capital y el Trabajo durante la posguerra mundial. La tan afamada flexiseguridad, la precariedad, la movilidad o la desfragmentación de la clase trabajadora no tienen cabida en un tratado internacional de entre cuyos objetivos destacan el pleno empleo y la seguridad y estabilidad en el trabajo. Por eso mismo, la Carta puede convertirse en un freno a las políticas neoliberales que arrastran al derecho laboral a la Edad Media, donde el patrón se parece cada vez más al amo, y el trabajador, al siervo.

Los sucesivos gobiernos que ha tenido en la última década España han sido siempre reacios a la ratificación de las dos modificaciones producidas en la Carta. El sometimiento de nuestro ordenamiento a un sistema de control supranacional conllevaría automáticas y sucesivas sanciones y condenas de las políticas neoliberales llevadas a cabo en los últimos años. Por su parte, la ampliación de los derechos sociales operada con la revisión de 1996 chocaría frontalmente con la reducción de los mismos que, desde entonces, se ha venido produciendo a nivel estatal.

Como decimos, en 1995 se aprobó en el seno del Consejo de Europa un protocolo adicional a la Carta por el que se reformaba el sistema de reclamaciones colectivas que determinados sujetos legitimados podían presentar en casos de violación de los derechos sociales. Organizaciones de trabajadores (nacionales e internacionales) y otras organizaciones no gubernamentales pueden, de acuerdo a este nuevo protocolo, denunciar a los Estados por incumplimiento de la Carta Social ante el Comité Europeo de Derechos Sociales que, tras examinar las reclamaciones, podría llegar a condenar al Estado acusado.

Por su parte, en 1996, se aprobó una revisión de la Carta para actualizarla y adaptar su contenido a los nuevos tiempos, ampliando considerablemente el catálogo inicial de derechos sociales que se reconocían, y de manera destacada, los relativos a la protección de los trabajadores en caso de despido.

Pero aunque España no haya ratificado estas dos modificaciones, el Comité Europeo de Derechos Sociales, como máximo órgano que vela por el cumplimiento de la Carta, sigue realizando una función de control respecto a nuestro país, a pesar de que los trabajadores no puedan reclamar ante él. Y es lamentable comprobar la situación de España en la jurisprudencia del Comité, condenada sistemáticamente por vulnerar las disposiciones más básicas de la Carta. El olvido de los medios de comunicación y de la opinión pública en general sobre nuestra vergonzosa posición en el ranking de los países incumplidores, se ve reforzado por el no menos doloso olvido de nuestros tribunales. La Constitución, recordemos, con base a la previsión del artículo 10.2, obliga a los poderes públicos y a los órganos jurisdiccionales a interpretar los derechos fundamentales de acuerdo con los tratados sobre tales materias firmados por España. Pues bien, el silencio que guarda el Tribunal Constitucional es pavoroso: nunca menta, siquiera, las resoluciones de condena a nuestro país cuando analiza las decenas de recursos de inconstitucionalidad por vulneración de los derechos sociales que se presentan en su sede.

En un contexto de asimetría entre la formalidad de las constituciones sociales y la ruptura material del pacto Capital-Trabajo que las fundamentaba, de una Unión Europea donde priman las libertades económicas frente a los derechos de los trabajadores, se hace cuanto menos necesaria la reivindicación de los instrumentos jurídicos existentes que pueden ser un freno a la nueva servidumbre laboral del siglo XXI. Insuficiente, desde luego, pero necesaria hasta que seamos capaces de articular no ya defensas frente al neoliberalismo, sino su condena al ostracismo.

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