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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

Demasiadas vueltas para un Código penal

Lohitzune Zuloaga Lojo

El pasado mes de septiembre el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas acogió un panel dedicado a la protección de los derechos de las personas privadas de libertad. La preocupación entre panelistas era clara: cómo resolver el hacinamiento que sufren las cárceles de todo el mundo, un problema con el que coincidieron decenas de países de los cinco continentes participantes en el debate, para el que demandaron consejo y en el que se compartieron buenas prácticas. Se criticó de forma particular el excesivo uso de la prisión preventiva y la generalización de penas de prisión desproporcionadas, cuya imposición y condiciones de cumplimiento afecta además de forma discriminada por razón de origen étnico, situación socioeconómica y género de las personas detenidas.

Así, mientras que la tendencia en instituciones de primera referencia es la de pensar en cómo sacar a las personas de la cárcel, el Gobierno de Mariano Rajoy sigue empeñado en fórmulas orientadas a cómo meterlas (y que salgan cada vez con mayores dificultades). Es lo que pretende la nueva reforma del Código penal, pendiente de ser aprobada desde hace más de un año y que supuestamente verá la luz a principios del 2015, según recientes declaraciones del ministro de Justicia Rafael Catalá. Desde la disciplina criminológica se viene insistiendo en que el progresivo endurecimiento que el Código penal español ha sufrido en los últimos años ha provocado un aumento absolutamente injustificado de la población encarcelada, más aun considerando los bajos niveles de delincuencia que se desprenden de las estadísticas de criminalidad. ¿Cómo se justifica entonces una reforma penal más?

Cabe recordar someramente que las reformas acontecidas en los últimos quince años se han caracterizado por la profundización en la pena de prisión (reducción de la pena mínima de 6 a 3 meses, ampliación de la duración máxima hasta los 40 años, modificaciones en el cumplimiento íntegro de las penas, restricciones de acceso al tercer grado y a la libertad condicional, etc.). Asimismo, han tenido especial interés en focalizar la atención en el terrorismo, la delincuencia sexual y la delincuencia común. Una vez más, el proyecto de la nueva reforma penal apunta en la misma dirección con tres grandes propuestas: la introducción de la cadena perpetua revisable, sobre la que ya se debatió y eludió la reforma penal de Rodríguez Zapatero de 2010, y que ahora se hace llamar prisión permanente revisable; la ampliación de las medidas de seguridad (libertad vigilada), que la LO 5/2010 ya introdujo para terroristas y delincuentes sexuales y que ahora se extiende exponencialmente a robos y otros delitos violentos; y el abordaje de la multirreincidencia de pequeños delitos, un clásico en el ejercicio de reformar el Código penal. Pero la nueva reforma abarca muchos ámbitos más: uno de ellos es el que profundiza en la línea de la ya estrambótica ley de seguridad ciudadana, criminalizando derechos cívicos básicos como los de reunión, huelga o manifestación.

Si revisamos las circunstancias que acompañaron la aprobación de las últimas reformas penales, podemos afirmar que endurecer el Código penal ha constituido una dinámica cómoda para los (que hasta ahora eran) dos principales partidos, pues mostrarse contundente y punitivo contra la delincuencia ha reportado tradicionalmente gran rentabilidad política. Analicemos brevemente. Las primeras grandes reformas de la última era se aprobaron en 2003 de la mano de José María Aznar. En un momento de escasa atención mediática y social sobre el problema de la criminalidad, y con las tasas oficiales de delincuencia bajos mínimos comparándolas a nivel europeo, el gobierno del PP dio luz verde a la LO 7/2003 destinada a endurecer las penas y condiciones penitenciarias para delincuentes responsables de delitos graves, la LO 11/2003 dirigida contra reincidentes en general y contra la pequeña delincuencia en particular, y la LO 15/2003, la mayor alteración y endurecimiento del Código desde 1995.

Cabe mencionar que probablemente las circunstancias hubieran sido diferentes si el PSOE no hubiera apretado el botón del pánico desde principios de la legislatura en el año 2000, algo que el Gobierno de Aznar supo oportunamente aprovechar en un momento de gran sensibilidad social provocado por la crisis del Prestige y la guerra de Irak. Pero a pesar de las buenas intenciones del PSOE de Rodríguez Zapatero tratando de ofrecer una política criminal más social con políticas pensadas desde la transversalidad, sus reformas penales una vez en el Gobierno no han variado en su esencia punitivista y conservadora: más penas y peores condiciones para cumplirlas para determinado tipo de delincuencia. La alarma social derivada de varios casos de robos a chalets en Cataluña y la Comunidad Valenciana en 2006 impulsó al PSOE a anunciar una reforma penal orientada a luchar contra la criminalidad organizada. El proyecto terminó siendo más amplio, pero ante el inminente final de la legislatura el gobierno se vio obligado a renunciar a la mayor parte del contenido y salvó únicamente lo referente a la seguridad vial. En 2010 intentó de nuevo endurecer las penas para la delincuencia y esta vez sí lo logrará. Con la LO 5/2010 el PSOE no hizo más que profundizar en el planteamiento punitivista de las reformas de Aznar.  

Y ahora, después de más de un año en el limbo del trámite parlamentario, al nuevo ministro Catalá le entran las prisas en el último momento. Cada reforma para endurecer las penas y las condiciones para cumplirla se basa en los mismos argumentos y justificaciones que las anteriores, como si estas modificaciones previas -aprobadas no tan lejos en el tiempo- jamás hubieran existido. Por el contrario, continuamos asistiendo a nuevos capítulos con idénticos diagnósticos, semejantes fórmulas y repetidos discursos, con independencia de si gobierna el PP o el PSOE (¿podríamos pensar en una “despunitivización” del Código en el hipotético caso de que Podemos llegara a gobernar?). El Código penal se ha convertido en un comodín de la política española, resulta de gran utilidad para oxigenar la imagen de los partidos y no suele generar además una activa oposición de la ciudadanía. El ministro Catalá tiene como retos el rechazo general que la prisión permanente revisable o la ampliación de las medidas de libertad vigilada generan en la disciplina jurídica. La confrontación directa en la calle la encontrará seguramente en el impulso del potente movimiento contrario a la “ley mordaza”. No es posible adivinar por el momento qué forma adoptará esta medida si es que finalmente llega a aprobarse, pero queda claro que actualmente está orientada a satisfacer las necesidades del gobierno en vez de las de la ciudadanía y lejos, muy lejos, de pretender dar respuesta a los problemas de la criminalidad. En vista de las experiencias previas las consecuencias son fácilmente esperables: se incrementará aún más una de las tasas europeas más altas de población encarcelada.

En el citado panel de Naciones Unidas, el jurista argentino Mario Coriolano lanzaba un mensaje final: “En los últimos 10 años ha habido muchas reformas judiciales, policiales y penitenciarias, pero han adolecido de un enfoque de derechos humanos. Eso es lo es nuevo que tiene que venir, tiene que pensarse en un desarrollo desde los derechos humanos de esas reformas que han buscado eficiencia y nos han dado este cuadro de situación de hacinamiento, de tortura y de impunidad”. Cabe puntualizar que Coriolano hablaba para el mundo y no se refería en concreto al caso español, por si a alguien le parece todavía que las recomendaciones de la ONU no están dirigidas a países tan “desarrollados”.

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