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Sobre este blog

Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

De traslados carcelarios

Miles de personas se concentran en la cárcel de Lledoners contra los escritos de la Fiscalía

Iñaki Rivera Beiras

Como es bien conocido, después de haber estado solicitando durante unos seis meses el traslado de los presos y presas políticos/as desde las cárceles de Madrid hacia Catalunya, se logró finalmente que dicho traslado se ejecutara a inicios del verano de 2018. Ello motivó que todos ellos/as pudieran ser conducidos hacia las prisiones cercanas a las ciudades de Barcelona, Tarragona y Girona y supuso una mitigación, si así puede decirse, del sufrimiento y del dolor añadido que no sólo para ellos/as sino para sus familias, para sus hijos y, en fin, para sus entornos sociales, había supuesto el alejamiento penitenciario. Desde el Sistema de Registre de i Comunicació de la violencia institucional de la Universitat de Barcelona, habíamos alegado entonces, desde principios de año, toda una serie de vulneraciones de derechos que consistían en el derecho a estar preso en una prisión cercana al domicilio, el derecho de los hijos y de las familias, especialmente de los menores de edad, a poder mantener unas relaciones familiares lo más acordes y similares posibles a los de la vida en libertad debido a la cercanía familiar de la prisión y, asimismo, el derecho a poder contar con todos los medios necesarios para preparar una defensa en condiciones, derecho que se veía y se vio seriamente limitado durante tantos meses de encarcelamiento alejado de Catalunya. Diversos artículos he ido publicando a lo largo de este año con alegatos jurídicos, relatos de anomalías procesales y análisis penológicos. Pero ahora quisiera poder detenerme en la consideración más humana y cotidiana que se asociará a las consecuencias psicosociales de la causa penal contra los/as presos/as políticos/as catalanes.

Como consecuencia del traslado a las cárceles de Catalunya, se inició así una cierta etapa, verdaderamente breve, que durará unos 6 meses aproximadamente, en los cuales se pretende producir aquello que en la ciencia penitenciaria se quiere denominar como un “principio de normalización” entre la vida carcelaria y la vida en libertad que supone intentar asimilar las condiciones de la vida cotidiana en el exterior de una prisión a aquéllas que se dan en una situación de privación de libertad. Dicho principio, evidentemente, no pasa de ser un mero mandato prescriptivo, propio del mundo del deber ser pero que poco se compadece con la realidad puesto que, por supuesto, sigue siendo una privación de libertad en cierta manera diferente o mitigada como decía pero, privación de libertad al fin en el interior de una cárcel con todas las consecuencias que una situación semejante comporta.

Y ahora pasado un tiempo, nuevamente, ante las acusaciones que se han formulado desde el Ministerio Fiscal y la Abogacía General del Estado, se verificarán los traslados a las cárceles de Madrid para que, otra vez, estén a disposición de un tribunal central, diferente a un tribunal de Catalunya donde el “principio del juez natural” haría que en el hipotético caso que hubiere algo que juzgar, ello se verificase ante un juez del territorio catalán -conforme a las reglas generales de determinación judicial de la competencia (alteradas en este macro proceso o causa general)-, y no ante un organismo de excepción, ad hoc o paralelo como es el propio de un tribunal centralizado de un Estado. En efecto, las reglas normales de determinación de la competencia de un juez para que conozca de la perpetración de un delito, establecen que conocerá del mismo el juez del lugar, del partido judicial, donde dicho acto se ha cometido. A los meros efectos dialécticos, podríamos plantear que los supuestos delitos de que se acusa a los/as presos/as políticos/as catalanes, de existir (hipótesis que no aceptamos), habrían tenido lugar en Catalunya. ¿Por qué entonces conoce de ellos un tribunal que está fuera del territorio catalán?: porque en su día se atribuyó dicha competencia a la Audiencia Nacional dando paso así a todo un conjunto de anomalías procesales que escapan ahora a esta reflexión, pero que no pueden ser olvidadas pues de aquellos lodos tenemos estos resultados… (invirtiendo el refranero popular). No obstante, semejante anomalía procesal no es otra cosa que una de las pruebas de la auténtica naturaleza política de todo este combate policial, judicial y penitenciario que pretende revestirse de contornos jurídico-penales.

Todo ello comporta por tanto, y no es un dato menor, el regreso a las prisiones de aquel territorio con todas las consecuencias inherentes que vamos a pasar a comentar a seguido.

Una vez que se produzca, nuevamente, el traslado de los presos y presas políticos/as hacia Madrid para la preparación e inicio de todas las sesiones del juicio oral, se inicia sin duda un nuevo momento vital. Y será el momento de una profunda acentuación de la tensión que ha sido persistente a lo largo de todo este tiempo pero que sin duda se incrementará a medida que la proximidad, primero del juicio y de su muy larga celebración posterior, va a ir acentuando la ansiedad, la angustia, la tensión y todos los síntomas y consecuencias añadidas a una situación semejante.

Como he tenido ocasión de comentar en alguna visita mantenida este verano con alguno de los presos y presas políticos/as, se van a producir muy posiblemente un conjunto de situaciones que pueden ser desconocidas para quienes no estén compenetrados con las rutinas de la administración de justicia. Ellos/as saben y son conscientes de lo que supondrá el regreso a las cárceles alejadas de Catalunya, alejados nuevamente de sus seres queridos y de un entorno socio cultural mucho más empático digamos así con su situación. Saben perfectamente que se aproximan tiempos muy duros…

En primer lugar, una vez regresados a las cárceles madrileñas y a título de mero ejemplo de lo que estoy diciendo, previamente a las sesiones del juicio, las visitas constantes de los/as abogados/as para la preparación de una vista que requiere de la lectura y conocimiento de más de aproximadamente 100.000 folios de todas estas actuaciones, habla de algo de una dimensión verdaderamente extraordinaria. Y esa es la calificación de toda esta auténtica causa general que por supuesto provocará en las personas que lo viven, el incremento de una tensión cotidiana en la que será muy difícil dejar de pensar un instante en todo el desarrollo del proceso y sus consecuencias posteriores. No sabe la gente que no ha pasado por esas experiencias la angustia que todo ello va a suponer. Lo que diré a continuación no es sólo propio de las personas presas sino también de quienes habrán de acudir como acusados/as desde su actual situación de libertad, pero, por motivos obvios de imaginar, aquí la reflexión se centra y se acentúa en quienes están privados de su libertad.

En segundo lugar, todo ello va a provocar, desde el primer día que el juicio se inicie, el traslado constante, permanente y cotidiano de todas las personas presas, desde las primeras horas de la mañana, desde la periferia adonde radican las cárceles de Madrid hacia las dependencias que se habiliten para la celebración de ese juicio. Se iniciará un periplo que contendrá una rutina consistente en la preparación y salida carcelaria, el traslado en furgones o vehículos semejantes durante todos los días, llegarán a los calabozos del palacio de justicia desde primeras horas de la mañana, serán después conducidos a la sala que se habilite para la vista oral, teniendo que estar constantemente atentos a todo lo que suceda durante el día, los días, de las semanas, de los meses, de todo este proceso. Después, muy posiblemente en horas de la tarde a veces, de la tarde-noche otras veces, dependiendo de las incidencias de cada sesión del juicio, de las vicisitudes procesales (práctica de pruebas, relatos de centenares de testigos, etc.), tendrán que ser otras vez trasladados a las prisiones por la noche para pernoctar en ellas. Así, sucesivamente, esta rutina muy probablemente se va a prolongar durante meses, con el consiguiente aumento de todas las tensiones que esto va a provocar, como antes he dicho. Tensiones que no solamente se van a reflejar en los/as propios/as presos/as políticos/as, sino también en sus abogados/as y por supuesto, y de manera muy especial, en sus familias quienes van a vivir a la distancia la tensión a la que me refiero. Como todos sabemos, las distancias incrementan cuantitativa y cualitativamente las consecuencias de todo esto.

Pasarán así, obvio es decirlo, los días, cambiarán incluso algunas estaciones climáticas, vendrá el frío… y los traslados diarios continuarán realizándose durante la celebración del aludido juicio. Sólo cabe esperar que todo ese sufrimiento, tensiones y dolor que todo esto va a ir suponiendo durante los próximos meses, despierte a una sociedad que no puede –y no debe- continuar adormecida o indiferente frente a la administración de tanta injusticia.

La puesta en libertad de las personas acusadas, no sólo es un imperativo legal, sería también una muestra de un mínimo rasgo de humanidad que hasta el momento no se ha producido. Parece que las acusaciones de delitos inventados en un proceso plagado de irregularidades que abonarían la tesis de la nulidad, sólo quieren ahondar en el escarmiento.

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Contrapoder es una iniciativa que agrupa activistas, juristas críticos y especialistas de varias disciplinas comprometidos con los derechos humanos y la democracia radical. Escriben Gonzalo Boye (editor), Isabel Elbal y Sebastián Martín entre otros.

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