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La ley valenciana de violencia de género incluye los matrimonios forzosos y el abuso sexual como formas de violencia machista

Pancarta contra la violencia machista durante una movilización por el día de la mujer trabajadora.

Laura Martínez

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La ley valenciana de violencia de género incluye desde este 2020 como formas de violencia contra la mujer los matrimonios forzosos, el abuso sexual o las esterilizaciones forzosas. Una enmienda a la ley de Acompañamiento a los Presupuestos, aprobada el pasado diciembre, recoge la adaptación de la normativa autonómica a los preceptos que establece el Convenio de Estambul, vigente en España desde 2014.

El Convenio de Estambul entiende la violencia contra las mujeres como una violencia estructural más allá del ámbito de las relaciones sentimentales. El acuerdo, con carácter vinculante, contempla como delito todas las formas de violencia contra la mujer: la violencia física, psicológica y sexual, incluida la violación (agresión sexual o abuso sexual, según la legislación española); la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el acoso, el aborto forzado y la esterilización forzada. La norma valenciana incluye la violencia económica, entendida como “toda aquella limitación, privación no justificada legalmente o discriminación en la disposición de sus bienes, recursos patrimoniales o derechos económicos”, tanto en el ámbito de la pareja como de la separación. 

Con la adaptación de la norma valenciana al Convenio se entienden todas las formas de violencia contra las mujeres citadas anteriormente como una violación de los derechos humanos y sus víctimas tienen el mismo trato. Ello implica reconocer la violencia contra las mujeres más allá del marco de las relaciones sentimentales y pasa a considerarse un problema social. Así, permite que todas las mujeres víctimas de estos delitos puedan ser atendidas en los espacios públicos específicos para la violencia machista, como los centros de la red Mujer 24 horas.

Las víctimas de acoso en el ámbito funcionarial verán reducidos los trámites para solicitar un cambio en su jornada laboral; “será suficiente contar con un certificado acreditativo de atención especializada realizado por un organismo público competente en materia de violencia sobre la mujer para poder solicitar el traslado, la baja o la adaptación de su jornada laboral”, señala la Conselleria de Igualdad.

La enmienda suscrita por PSPV, Compromís y Unides Podem-Esquerra Unida afecta a algunos aspectos de la publicidad: recuerda que se excluirán de las subvenciones públicas a los medios de comunicación que publiquen anuncios de prostitución y especifica que cuando un anuncio proporcione una imagen de la mujer “vejatoria y discriminatoria” podrá ser considerada ilícita y la Generalitat actuará en consecuencia, pidiendo su rectificación o retirada.

Impulso de la igualdad

En las medidas públicas de sensibilización se incluyen los programas de prevención de la violencia y de la promoción de nuevos modelos de masculinidad igualitaria, mediante el cuestionamiento de roles de género estereotipados y machistas. Asimismo, la ley establece que la Generalitat no podrá contribuir al sostenimiento económico, por cualquier fórmula de colaboración, de aquellos medios medios de comunicación que incluyan publicidad sexista y de prostitución.

La ley integral de violencia contra las mujeres autonómica se aprobó en 2012 y el Gobierno valenciano prepara nuevas modificaciones. El departamento de Mónica Oltra trabaja en una ley de Igualdad que prevé aprobar esta legislatura y se adapte a las nuevas realidades. El objetivo es que nazca de un proceso participativo, “abierto y horizontal, y que trabajará sobre la base de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, una premisa básica en la lucha contra la violencia machista”.

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