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La jueza del caso Cooperación se niega a investigar el posible blanqueo de capitales de un socio de Rafael Blasco

Rafael Blasco y Augusto César Tauroni, durante el juicio por el caso Cooperación.

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El Juzgado de Instrucción número 21 de Valencia ha rechazado la petición de la Fiscalía para investigar si César Augusto Tauroni, el empresario condenado por el “Caso Cooperación”, utilizó un ordenador de la cárcel de Picassent, en la que se encuentra cumpliendo prisión, para realizar operaciones encaminadas a ocultar su patrimonio, según un comunicado del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana.

La magistrada, que en la actualidad instruye dos piezas separadas del “Caso Cooperación” en las que está imputado Tauroni junto a la anterior cúpula de la Conselleria de Solidaridad por delitos de malversación de caudales públicos y fraude de subvenciones en los años 2009, 2010 y 2011, considera que no tiene competencia para investigar los delitos de autoblanqueo de capitales o alzamiento de bienes denunciados por la Fiscalía.

El Ministerio Público solicitó a la jueza que requiriera al centro penitenciario el ordenador utilizado por el recluso para que fuera analizado por la Brigada de Investigación Tecnológica con el objetivo de determinar las webs que consultó, las cuentas de correo que abrió y si utilizó este medio para ocultar su patrimonio o el de otras personas.

La jueza considera que no le compete a ella investigar estos hechos; que no concurren los requisito exigidos por el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que, en su nueva redacción establece que los delitos han de investigarse en una misma causa sólo cuando resulte conveniente para el esclarecimiento de los hechos y cuando no suponga excesiva complejidad o dilación en la instrucción.

A este respecto, la titular recuerda que la instrucción de las dos piezas del “Caso Cooperación” está a punto de concluir. La investigación en este procedimiento de la posible comisión de un nuevo delito por parte de Tauroni “dilataría innecesariamente la finalización del presente procedimiento”, señala el auto.

Dice la jueza que “existe una diferencia temporal relevante entre la comisión de los delitos que investiga” en las dos piezas separadas del Caso Cooperación, relativas a hechos comprendidos entre 2009 y 2011, y los que ahora quiere incorporar el fiscal a estas diligencias.

Añade, que “para el esclarecimiento de los delitos económicos por los que se sigue el presente procedimiento (malversación de caudales públicos y fraude de subvenciones) no resultan relevantes ni de interés las diligencias de investigación que puedan practicarse para la investigación de la hipotética comisión de un delito de autoblanqueo de capitales o de alzamiento de bienes”.

En la misma resolución se subraya que la investigación de los hechos imputados a Tauroni por un juzgado distinto, que habría de ser uno de Picassent por ser el partido judicial del lugar donde ocurrieron, y en un procedimiento diferenciado del que se lleva en Instrucción 21, no obstaculizaría la adopción de las medidas cautelares necesarias para que el empresario no eluda el pago de los 2,6 millones de euros a los que fue condenado en concepto de responsabilidad civil por el desvío de las ayudas al Tercer Mundo.

Rechazada la petición del fiscal por una cuestión de competencia, la magistrada considera innecesario pronunciarse sobre la procedencia de intervenir el ordenador, teniendo en cuenta que se trata de una medida que afecta a derechos fundamentales como el derecho a la intimidad y al secreto de las comunicaciones. No obstante, la instructora recuerda que, según la ley, “no podrán autorizarse medidas de investigación tecnológica que tengan por objeto prevenir o descubrir delitos o despejar sospechas sin base objetiva”.

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