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El fiscal sobre las bolsas de À Punt que favorecen a los ex de RTVV: “La diferencia de trato no es suficiente para acreditar la discriminación”

El logotipo de À Punt Mèdia.

Sergi Pitarch

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El Ministerio Público considera que el proceso de contratación de personal de À Punt, bolsa de trabajo de méritos en la que se prima haber sido extrabajador de la extinta RTVV, no es discriminatorio como denuncian la Asociación de la Prensa de Alicante y la Unió de Periodistes Valencians y que, pese a que reconoce que “existe una diferencia de trato, no es suficiente para acreditar la discriminación”. El fiscal ha realizado esta afirmación en su escrito de conclusiones en la vista oral que se ha celebrado este martes en la Audiencia Nacional. El tribunal ha dejado el caso visto para sentencia que se publicará en el mes de septiembre, según han confirmado fuentes jurídicas.

El juicio, tras varios aplazamientos y cambios de competencia que han dilatado el proceso más de un año y medio, ha durado poco más de una hora y en ella la Unió de Periodistes y la Asociación de la Prensa de Alicante –representantes de más de mil periodistas- han puesto encima de la mesa que a su entender el baremo aplicado para confeccionar las bolsas de trabajo ha primado en exceso a los extrabajadores de RTVV con el correspondiente perjuicio para otro tipo de perfiles. “Se ha vulnerado la proporcionalidad, lo que ha generado una desigualdad de trato y una discriminación”, han argumentado.

En concreto, la letrada de las organizaciones profesionales ha explicado que la falta de proporcionalidad en la aplicación de la antigüedad vulnera hasta tres artículos de la Constitución Española y ha confirmado que el 84,24 % de los empleados de la televisión pública lo son de la extinta RTVV, lo que acreditaría la discriminación.

El fiscal ha asumido algunas de las tesis de los sindicatos y en sus conclusiones ha dicho que “no existe discriminación porque las bolsas de trabajo son para necesidades excepcionales y de carácter urgente”, en referencia a que À Punt necesitó de premura para arrancar pronto las emisiones. “La diferencia de trato tiene una base objetiva que justifica este trato”, ha añadido.

En este caso, el Ministerio Público ha asumido una de las referencias de Intersindical, que ha afirmado que en el acuerdo del ERE que provocó el cierre de Canal 9 se contempló dar prioridad a los extrabajadores. No han citado la ley de creación de À Punt, pero esta base también se incluyó en la ley a petición de Podemos.

Según el fiscal, el hecho de que un 16 % de los empleados de À Punt sea de personal no procedente de RTVV demostraría que el baremo “no impide la entrada de otros trabajadores”. “La simple diferencia no es suficiente para acreditar la discriminación”, ha sentenciado.

La Abogacía de la Generalitat Valenciana ha defendido que À Punt no es estrictamente administración y como sociedad anónima la contratación de los empleados “no se debe atener a esos criterios públicos de contratación” cuando de una bolsa temporal se trate, pero sí si fueran las oposiciones definitivas. “Los actuales trabajadores de À Punt son laborales y para una cobertura temporal”, ha justificado.

Los tres sindicatos que han acudido al juicio para defender el baremo de las bolsas de À Punt han sido CCOO, Intersindical y UGT. Los tres han compartido argumentos que básicamente han girado en defender que no ha habido discriminación. Según la letrada de Intersindical, los no extrabajadores de RTVV que se han quedado fuera no ha sido por la antigüedad sino por carecer de títulos de valenciano. Además, ha añadido, no se puede criticar los 7,5 puntos de más que se otorgaba a los ex de RTVV que superaron un proceso de selección y que ha decantado la balanza a la hora de copar los primeros puestos porque “era un acuerdo que venía de la extinta RTVV”.

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