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La Generalitat pide siete años de cárcel para Helga Schmidt, exresponsable del Palau de les Arts

Helga Schmidt en las dependencias del Palau de les Arts Reina Sofía de Valencia

Europa Press

Valencia —

La Abogacía de la Generalitat ha elaborado ya su escrito de calificación en el denominado 'caso Palau', en el que reclama siete años de cárcel, 24 de inhabilitación y 6.000 euros de multa para la que fuera intendente del Palau de Les Arts de Valencia hasta 2015, Helga Schmidt; la misma condena para el exdirector financiero del coliseo, Enrique Moreno, y reclama dos años y ocho meses de prisión a cada uno de los tres empresarios procesados en esta causa: Joaquín Maldonado, José Antonio Noguera y Pablo Broseta, casi cinco menos que lo que ha solicitado para ellos el ministerio fiscal.

Así consta en la calificación provisional de los hechos, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que la Abogacía de la Generalitat pide al juzgado de Instrucción número 15 de Valencia, que ha instruido la causa, que abra juicio oral contra los cinco procesados y pide como testificales la comparecencia de trabajadores del Palau y de las empresas implicadas y como pericial que se exponga el Informe definitivo de control financiero sobre expedientes de contratación y patrocinio de la Fundación Palau de Les Artes Reina Sofía, de los años 2008 a 2013.

En esta causa se ha investigado una malversación de fondos del coliseo valenciano y la externalización de servicios del Palau con pago de sobrecostes que implicaron un perjuicio a las arcas públicas a través de Patrocini -empresa vinculada al auditorio y dedicada a captar patrocinadores, en la que José Antonio Noguera era el presidente del consejo de administración, Joaquín Maldonado consejero delegado y la propia Schmidt consejera- y de la firma Radcliffe, administrada por el excónsul de Francia en Valencia, Pablo Broseta.

A Schmidt y Moreno la Abogacía de la Generalitat les atribuye la autoría de prevaricación en concurso medial con malversación de caudales públicos y falsedad documental, y a los tres empresarios les achaca los mismos delitos aunque como cooperadores necesarios. Además, señala que en relación con la malversación, la exintendente y el ex director financiero deben tener la consideración de autoridad o funcionario y les aplica un supuesto agravado al entender que en este caso ese delito reviste especial gravedad ateniendo “al valor de las cosas sustraídas”.

En cuanto a la responsabilidad civil, considera que Schmidt y Moreno deberán responder solidariamente con la cantidad de 686.089 euros; junto con José Antonio Noguera y Joaquín Maldonado deberán hacer frente a 383.073 euros y con Pablo Broseta a 303.016.

La calificación provisional de la Abogacía de la Generalitat llega después de la del ministerio fiscal, que solicita para la exintendente siete años y medio de cárcel; ocho años para Ernesto Moreno y siete para cada uno de los tres empresarios.

Según el escrito de la Generalitat, la relación entre el Palau de Les Arts y Patrocini comienza el 19 de abril de 2008 y se renueva en septiembre de 2009. A través de los dos contratos, en los que no se siguió “en ningún momento los trámites esenciales de la contratación administrativa y se eludió la publicidad, concurrencia y transparencia-- esta última firma obtuvo en concepto de comisiones 808.255 euros, aunque solo queda constancia en las actuaciones del pago de 42.040 euros.

Sin medios personales y materiales suficientes

La Abogacía de la Generalitat destaca que Patrocini carecía de medios personales y materiales suficientes para realizar las funciones asignadas y los objetivos y, más aún, Schmidt vulneró el régimen de incompatibilidades (por ser intendente y contratar con la empresa en la que era consejera), la prohibición para contratar que le vinculaba, el régimen de apoderamientos establecido por la Comisión Ejecutiva del Palau y las cláusulas de su propio contrato de Alta Dirección.

En esta línea, recalca que en la ejecución de ese contrato no se aprecia “ningún efecto positivo” en la gestión de Patrocini, al registrarse tanto una reducción del número de patrocinadores como del importe económico de las aportaciones totales recibidas por el Palau. Sin embargo, en virtud de los contratos firmados --que incluían un porcentaje por los primeros contratos de patrocinio del 30% y un 10% por nuevos contratos o prórrogas-- el Palau tuvo que pagar 808.225 euros a Patrocini como contraprestación a sus servicios, una cantidad “carente de toda justificación y que genera un evidente perjucio a los fondos públicos”.

En relación con Viva Europa, -eventos de proyección de óperas producidas por el auditorio en su sala principal, zona externa y en ciudades europeas-, la participación del Palau surgió a raíz de un contrato de abril de 2009 entre el Palau de los Arts, representado por Schmidt y Ernesto Moreno, y Viva Europa June 24 Th SLU y Patrocini.

La Abogacía de la Generalitat considera que, en este caso, las sumas abonadas a la empresa carecen de toda justificación. En la edición de 2009, cifra el perjuicio a los fondos públicos en 248.333 euros; de 21.440 en 2010 y de 70.800 en 2011. La edición de 2012 no se llegó a celebrar por inseguridad en la retransmisión.

Y por último, en relación con Radcliffe, se suscribió un contrato para comunicación y publicidad en 2008 aunque, según la Abogacía de la Generalitat, el Palau habría pagado un sobrecoste “carente de toda justificación, como mínimo por importe de 294.419 euuros y pudiendo llegar hasta los 786.971, sobrecoste no justificado que supone un correlativo perjuicio a los fondos públicos por dicho importe, imputable a los investigados con actuación en la relación contractual de servicios” que existió entre el coliseo -Schmidt y Moreno- y la empresa administrada por Pablo Broseta.

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