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El Supremo decidirá después de Pascua la entrada en prisión de Rafael Blasco

El exconseller de Cooperación y Solidaridad Rafael Blasco

EFE

Valencia —

El Tribunal Supremo ha dictado un auto por el que prorroga en treinta días el plazo para resolver los recursos presentados en el caso Cooperación, en el que el exconseller de Solidaridad Rafael Blasco fue condenado a ocho años de prisión, debido a la “complejidad” del asunto.

El auto, hecho público hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, está fechado el pasado 12 de marzo, por lo que hasta después de la semana festiva de Pascua (que en Valencia finaliza el lunes 13 de abril) no se conocerá la decisión del Supremo.

La resolución apela a “la complejidad del tema objeto de estudio, la pluralidad de recursos y características y prolijidad de motivos, así como la voluminosa documentación” para prorrogar el plazo ordinario de diez días para dictar sentencia por treinta días más.

El Tribunal Supremo celebró el pasado 25 de febrero la vista pública para estudiar los recursos presentados contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano, que condenó a diferentes penas a nueve personas, entre ellas a Blasco, a ocho años de prisión.

En aquella sesión, el fiscal pidió que el Supremo confirmara la pena de ocho años de cárcel y veinte de inhabilitación que le fue impuesta al exconseller de Solidaridad y Ciudadanía y exdiputado autonómico del PP por el desvío de fondos públicos de cooperación con Nicaragua en 2008.

El fiscal y la abogada de la acusación ejercida por la Generalitat se opusieron a los recursos de los condenados contra la resolución del TSJCV e incluso pidieron que se condene también por malversación a tres de los condenados a los que no se les ha tenido en cuenta este delito en la sentencia.

Se trata del exsubsecretario de Cooperación Alejandro Catalá, el ex director general de Cooperación Josep María Felip y el exjefe del Área de la Dirección General de Cooperación Marc Linares, si bien para este último estiman que hay que retirarle los delitos de cooperación en prevaricación administrativa y falsedad por los que fue condenado sin que hubiera sido acusado por los mismos.

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