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Blanco (EU) espera una “sentencia ejemplar” del TSJCV contra Císcar y Català

El portavoz de Esquerra Unida en Les Corts, Ignacio Blanco

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El candidato a la Presidencia de la Generalitat y portavoz de Esquerra Unida en Les Corts Valencianes, Ignacio Blanco, ha advertido este martes que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) “tiene muy difícil no admitir la querella” por las pruebas acreditadas por el propio TSJ, que es “quien dictó sentencias por la vía contenciosa administrativa que condenan al Consell por actuaciones presuntamente delictivas tanto de Catalá como de Císcar”.

Desde EU esperan una “sentencia ejemplar”, según ha explicado Blanco, quien se ha preguntado si “ésta es la credibilidad del Consell del Partido Popular en materia de transparencia”. El diputado autonómico también ha preguntado “¿qué hará Alberto Fabra cuando sean imputados José Císcar y María José Catalá? ¿Cumplirá sus líneas rojas?”.

Blanco ha recordado que se trata de un comportamiento “presuntamente delictivo que supone impedir el ejercicio de derechos civiles reconocidos por la Constitución y por las Leyes”, en lo que califica como una actuación que “ampara las prácticas corruptas, que no son limpias y que muchas veces no son legales”.

La jueza Beatriz Sobremonte Andrés, titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia, estima que la actuación del vicepresidente José Císcar y de la consellera María José Catalá, que reiteradamente han negado documentación pública a Esquerra Unida, podría ser constitutiva de un delito contra la Constitución, penado con inhabilitación especial para trabajo o cargo público de uno a cuatro años, y ordena remitir las actuaciones a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.

Actuaciones que podrían ser constitutivas de delito

La diligencia del Juzgado de Instrucción número 2 de Valencia expuso el pasado 20 de marzo que “cabría entender que existe una conducta de dos miembros del Gobierno valenciano referida a la denegación de información y documentación a determinados diputados de la oposición en Les Corts Valencianes que expresamente habían efectuado solicitudes de información sobre actividades del Consell y que podrían ser constitutivas del delito alegado [contra la Constitución], que según expone el Ministerio Fiscal aprecia que los delitos vendrían siendo cometidos por María José Catalá Verdet y José Císcar”, por lo que decide remitir las actuaciones a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.

El pasado 4 de marzo, el fiscal Joaquín Ramón Baños Alonso, afirmaba que “respecto al supuesto que se examina, referido a la conducta de dos miembros del Gobierno valenciano, consistente en una actuación denegatoria de información y documentación a determinados diputados de la oposición en las Cortes Valencianas, que formalizaron continúas peticiones, solicitudes de información sobre distintos aspectos de la actividad del Consell y que les fuera entregada diversa documentación administrativa, estimamos que los hechos podrían constituir un delito previsto y penado en el artículo 194 [542 del vigente] Código Penal”. Así, la Fiscalía Provincial de Valencia insta a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia a “asumir la competencia para la instrucción, y en su caso, el enjuiciamiento de las presentes diligencias”.

El artículo 542 del vigente Código Penal establece que “incurrirá en la pena de inhabilitación especial para trabajo o cargo público por tiempo de uno a cuatro años la autoridad o funcionario público que, a sabida, impida a una persona el ejercicio de otro derechos cívicos reconocidos por la Constitución y las Leyes”.

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