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Los trabajadores de empresas públicas valencianas tendrán que devolver las horas libradas durante el estado de alarma como en las privadas

El conseller de Hacienda y Modelo Económico, Vicent Soler.

Lucas Marco

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El 65% de los 8.813 trabajadores del Sector Público Instrumental de la Generalitat Valenciana, excluyendo a los consorcios sanitarios y a los organismos autónomos, trabaja en servicios esenciales (si se añade Vaersa el porcentaje asciende al 81%). El resto de trabajadores que no puedan teletrabajar, no tengan carga de trabajo o su actividad sea incompatible con el teletrabajo, deberán recuperar las horas cuando acabe el confinamiento.

La Conselleria de Hacienda y Modelo Económico ha publicado la instrucción sobre el permiso retribuido recuperable regulado por el Real Decreto ley 10/2020, de 29 de marzo. “Esta instrucción responde a la necesidad de limitar la movilidad de las personas con el fin de frenar la incidencia del Covid-19, de manera compatible con el mantenimiento de la viabilidad económica de las entidades de sector público instrumental”, señala el departamento que dirige Vicent Soler.

La medida no afecta a los trabajadores que realizan tareas esenciales o que pueden tele trabajar, ni a aquellos que se encuentren en situación de incapacidad temporal o cuyo contrato esté suspendido por otras causas legalmente previstas. 

Los Servicios de Prevención determinan qué trabajadores pertenecen a un grupo vulnerable para el Covid-19 en el desarrollo de su  actividad laboral, y aplicar, de acuerdo con  los protocolos o directrices formuladas por las autoridades sanitarias, las medidas adecuadas, “sin que les sea de aplicación la recuperación horaria”.

Las entidades cuya actividad no constituya servicio esencial y que tampoco puedan adoptar las medidas recogidas en el Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo,  deberán, previa negociación colectiva, “implementar las medidas que permitan cualquier otro cambio de condiciones que estuviera disponible en la entidad o que pudiera implantarse de modo razonable y proporcionado”. 

Así, estas entidades del sector Público Instrumental de la Generalitat deberán tener en cuenta “el carácter temporal y excepcional de las medidas” y la “necesaria adaptación de los recursos de la entidad a la futura vuelta a la normalidad conforme a los protocolos de postemergencia”.

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