Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

El juez archiva la pieza de Enredadera en el Ayuntamiento de León

José Luis Ulibarri, cabecilla de la Operación Enredadera.

ileon.com

La pieza leonesa de la Operación Enredadera ha quedado archivada este jueves por decisión del titular del Juzgado de Instrucción número 1 de León, Fernando Javier Muñiz Tejerina, que recoge la propuesta de la Fiscalía Anticorrupción en una trama que salpicó a empresarios como el constructor y magnate de los medios de comunicación José Luis Ulibarri y su socio Ángel Luis García 'El Patatero', así como a varios antiguos cargos públicos y empleados municipales.

El magistrado entiende que “no aparece debidamente justificada la perpetración de los delitos que dieron motivo a la formación de la causa” como los de malversación de caudales públicos, tráfico de influencias o fraude en la contratación. Para ello se basa en el informe de la Fiscalía Anticorrupción fechado el pasado 11 de noviembre en el que entiende que “no ha quedado debidamente acreditada la perpetración del hecho delictivo”, al tiempo que pide que “queden sin efecto las declaraciones en calidad de investigado previamente acordadas por el órgano judicial”.

Además de Ulibarri y 'El Patatero', las condiciones de investigados en la pieza leonesa se extendieron en su día a la mano derecha del primero, Miguel Hernán Manovel García, al empleado del segundo Juan José Simón, así como al exconcejal del Partido Popular en León José María López Benito (que dimitió para evitar una moción de censura contra el entonces alcalde, Antonio Silván), al exasesor de Ciudadanos en la Diputación de León Sadat Maraña y a los empleados municipales Miguel Martínez y Javier Herrero.

“No es posible correlacionar las intervenciones telefónicas obrantes en las actuaciones con la adjudicación de contratos objeto de investigación en la presente causa”, señala el informe del fiscal anticorrupción, que se remite también a las consideraciones de la unidad de policía, para la que “no proceden otras diligencias de investigación” hasta concluir que “no resulta posible la conexión entre las intervenciones telefónicas previamente acordadas y contratos públicos concretos”.

El fiscal solicitó el sobreseimiento de la causa porque “no es sostenible entender que los cargos y funcionarios públicos con respecto a los que se dirigen las presentes actuaciones hubieran infringido el deber de administración leal de los fondos públicos”. En su resolución, el juez decreta ese sobreseimiento y procede al archivo de las actuaciones. “De lo actuado, no aparece debidamente justificada la perpetración de los delitos que dieron motivo a la formación de la causa”, concluye el magistrado.

Contra este auto cabe interponer recurso de reforma y subsidiario de apelación dentro de los tres días siguientes a su notificación o recurso de apelación directo dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Izquierda Unida, personada como acusación popular, recurrirá este archivo provisional de la causa relacionada con el Ayuntamiento de León al considerar que es una decisión “prematura” y que “sigue habiendo graves indicios de delito” en esta pieza, emanada de la principal de la Operación Enredadera junto a otras como la de Astorga.

Etiquetas
stats