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Competencia recurre ante el Supremo el decreto del Gobierno que regula Uber y Cabify

Aplicación de Uber en Madrid.

EUROPA PRESS

MADRID —

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha presentado este lunes ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo su demanda formal contra el Real Decreto 1057/2015, del 20 de noviembre, por el que se regulan los vehículos de alquiler con conductor (VTC), como Cabify y Uber. Así lo ha anunciado este martes en una nota la asociación Fedetaxi y lo confirman fuentes de la CNMC.

El recurso se dirige contra un Real Decreto y una Orden que regularon la actividad de VTC a finales de 2015 y que, según Competencia, imponen “límites a esas empresas en cuanto a las licencias que pueden obtener y exigiendo requisitos materiales (flota mínima, potencia y dimensiones de los coches, etc), entre otras medidas”.

El recurso se interpuso acumuladamente contra ambas disposiciones a principios de 2016, y no se ha admitido a trámite hasta hace poco por una discusión sobre competencia que terminó con la asignación del recurso contra el Real Decreto al Tribunal Supremo, que ha emplazado al organismo a presentar demanda. Por su parte, el recurso contra la orden se sigue tramitando ante la Audiencia Nacional.

De este modo, continúa el proceso judicial en el que, de un lado, CNMC, Uber, Unauto y Cabify; y, de otro, el Ministerio de Fomento, Fedetaxi y varias asociaciones locales de taxistas expondrán sus argumentos tanto a favor como en contra de la desregulación del transporte de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, prestado por taxis y VTC.

En el escrito de la demanda, al que ha tenido acceso Europa Press, la CNMC solicita que se declare la nulidad del artículo único, apartados uno, dos y cinco y la disposición transitoria única del Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, con condena en costas.

En concreto, los artículos uno y dos se refieren a la limitación de nuevas autorizaciones de licencias VTC cuando se supere la relación de una VTC por cada 30 taxis, así como a la justificación exigida a los VTC de que los servicios son contratados previamente a la circulación y la prohibición de captar clientes en la vía pública.

Asimismo, la CNMC se opone al artículo cinco que delimita territorialmente la actividad de los VTC en tanto que refleja que el 20% de los recorridos efectuados trimestralmente deben realizarse en la comunidad autónoma en que se haya concedido la licencia.

El regulador, que ha adjuntado un informe económico, justifica la demanda en que los requisitos de alquiler de vehículos con conductor son “innecesarios y desproporcionados” y “encubren razones de naturaleza económica en beneficio de la actividad del autotaxi”.

Fedetaxi, que ha informado en un comunicado de la presentación de la demanda, asegura que la CNMC no litigará representada por la Abogacía del Estado, sino por un despacho privado de abogados, siendo Fomento quien contará con la asistencia de dicha Abogacía del Estado.

Competencia se fundamenta en la Ley de Garantía de Unidad de Mercado, a pesar de la anulación reciente de varios artículos por el Tribunal Constitucional, que continuará siendo aplicada durante el litigio en el Supremo, por lo que se mantendrán las limitaciones al otorgamiento de autorizaciones VTC que expiden las comunidades autónomas.

Desde la Federación española del taxi sostienen que tras este litigio existe una “pugna de poder velada entre Luis de Guindos y el Ministerio de Fomento” y aseguran que el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, se ha posicionado “claramente a favor” del mantenimiento de la normativa vigente.

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