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La Audiencia Provincial avala el registro e incautación de pruebas en el caso Rato

La Audiencia Provincial avala el registro e incautación de pruebas en el caso Rato

EFE

Madrid —

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La Audiencia Provincial de Madrid ha avalado el registro del domicilio del ex vicepresidente del Gobierno Rodrigo Rato y la posterior incautación de documentos que dieron lugar a la apertura del caso contra el exministro por varios delitos, entre ellos blanqueo, corrupción y evasión fiscal.

Así lo expone la sección número 23, que desestima la nulidad del auto por el que se procedió al registro de la vivienda de Rato en abril de 2015, al considerar que el instructor de la causa “depuró” la información intervenida y puso “a salvo” los derechos tanto de los investigados “como de terceras personas”.

Argumenta que el juez nunca procedió al “expurgo” alegado por la defensa, en un recurso que, según la sala, “intenta desvirtuar las imputaciones” inicialmente achacadas al ex director gerente del FMI.

Acerca de las denuncias de Rato sobre la Oficina Antifraude (ONIF) y la Fiscalía por actuar en base a una “denuncia temprana” y sin fundamento, explica la Audiencia que es frecuente que, en casos “complejos” como éste, “se pueden averiguar” otros indicios de delito inicialmente “no delimitados de forma clara” con el transcurso de la instrucción.

“La forma en la que se llevó a cabo el registro no nos lleva a afirmar que la información obtenida fuera de forma arbitraria, indiscriminada y absoluta, sino que se va detallando y describiendo qué carpetas, documentos, soportes podrían tener razonablemente relación con los hechos investigados”, recoge el auto al que ha tenido acceso Efe.

Por todo ello, la sala considera que las autoridades actuaron siempre dentro de la legalidad y respetaron derechos constitucionales tales como la inviolabilidad del domicilio, a diferencia de cuanto afeaba Rato en el recurso, al que se adhirió el abogado Domingo Plazas, también investigado.

En este mismo sentido se ha pronunciado la sección en otro auto, en el que ratifica la petición de nueva información a la ONIF contra la que cargó el exministro por considerar que trataba de añadir más complejidad a una causa que es de por sí “inevitablemente compleja”.

La Audiencia Provincial de Madrid también ha rechazado el recurso interpuesto por la agencia Remo Advertising, que aseguró haber ganado el contrato de publicidad del grupo que dio origen a Bankia y que fue finalmente concedido a Zenith y Publicis, tras quedar fuera del caso Rato.

La sala considera que no existe “base suficiente” para considerar que la agencia fue perjudicada por el presunto delito de corrupción entre particulares, por lo que rechaza que los implicados en el proceso tengan la obligación “de reparar el daño o de indemnizar” por daños y perjuicios.

Da la razón así al instructor, Antonio Serrano-Arnal, que rechazó a Remo, entre otros motivos, porque no forma parte de su investigación revisar las condiciones por las que Bankia adjudicó un millonario contrato publicitario para lanzar su marca y dar a conocer la salida a bolsa de la entidad.

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