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La CE multa a Altice por implementar la compra de PT Portugal antes de ser aprobada

La CE multa a Altice por implementar la compra de PT Portugal antes de ser aprobada

EFE

Bruselas —

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La Comisión Europea (CE) multó hoy con 124,5 millones de euros a la multinacional de telecomunicaciones holandesa Altice por implementar la compra de la operadora lusa PT Portugal antes de que la operación fuese notificada y aprobada por el regulador de la competencia comunitario.

Altice notificó en febrero de 2015 su intención de adquirir la empresa portuguesa y el 20 de abril de ese año recibió luz verde del Ejecutivo comunitario para efectuar la operación con la condición de que la holandesa cediese los negocios que tenía en Portugal en ese momento.

Sin embargo, la CE ha concluido ahora que la compañía holandesa implementó la adquisición antes de que fuese aprobada e incluso antes de notificarla a las autoridades europeas, incumpliendo así las normas comunitarias que obligan a informar de las fusiones que tengan alcance europeo a la Comisión y a no llevarlas a cabo hasta que esta las apruebe.

En concreto, el Ejecutivo comunitario afirma que Altice aplicó ciertas provisiones del acuerdo de compra que le permitieron ejercer una “influencia decisiva” sobre PT Portugal, por ejemplo dándole derecho de veto sobre decisiones ordinarias.

Asimismo, señalan que Altice ejerció esta influencia dando a la compañía lusa instrucciones sobre cómo llevar a cabo una campaña publicitaria o recibiendo información comercialmente sensible de la compañía sin que hubiese ningún acuerdo de confidencialidad.

La decisión de sancionar a la holandesa no afecta a la aprobación de la compra que se dio en 2015, puesto que la evaluación comunitaria entonces fue “independiente de los actos que la CE reprocha” en su decisión de hoy, indicó el Ejecutivo comunitario en un comunicado.

La comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, indicó que “la sanción refleja la seriedad de la infracción y debería disuadir a otras empresas de violar las normas de control de fusiones de la UE” que, señaló, “protegen a los consumidores de cualquier fusión que lleve a precios más altos u opciones reducidas”.

La CE considera que la multa es “proporcionada y disuasoria” y argumenta que Altice violó tanto la obligación de notificación como la de esperar hasta tener aprobación comunitaria y además lo hizo de forma “negligente” puesto que conocía la existencia de estos requisitos.

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