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El Defensor del Pueblo pide crear registros autonómicos de empresas prestamistas

EFE

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Madrid, 19 mar (EFECOM).- El Defensor del Pueblo recomienda a las comunidades autónomas promover la creación de registros de empresas de préstamos o de intermediación para proteger a los clientes que suscriben préstamos con empresas no financieras de capital privado.

Esta recomendación llega después de la indagación que comenzó en 2015 sobre las dificultades de algunos ciudadanos para obtener los créditos necesarios para hacer frente a sus obligaciones financieras y que acuden a empresas prestamistas.

Según explica el informe anual del Defensor del Pueblo publicado hoy, estas empresas facilitan préstamos incluso a personas inscritas en los registros de impagados, sin la necesidad de presentar nóminas ni avales, pero exigen una garantía hipotecaria.

A cambio, al capital prestado se le añaden intereses de demora, penalizaciones y gastos de ejecución, de manera que las fincas responden por un importe que puede ser de más del triple del percibido por el cliente en su día.

La ley establece para quien preste dinero con carácter profesional requisitos similares a los de la banca, sin embargo, algunos prestamistas se hacen pasar por un particular que presta a otro y, en ese caso, no tienen que cumplir ningún requisito, por lo que el consumidor se queda sin protección.

Por ello, el Defensor del Pueblo recomienda a la Secretaría de Estado de Economía estudiar la posibilidad de modificar la ley con el objetivo de definir las situaciones de estado de necesidad en el prestatario, o de sujeción a una especial protección, incluyendo a determinados colectivos de personas.

Además, insta a precisar quiénes han de considerarse personas dedicadas con carácter profesional a la actividad de concesión de préstamos o créditos hipotecarios.

Por su parte, la Secretaría de Estado ha respondido que está trabajando en el anteproyecto de ley de crédito inmobiliario en el que se dará transparencia a la firma de una hipoteca y se profundizará en la creación de un mercado europeo de productos financieros minoristas.

El proyecto configura también un nuevo marco que regula aspectos como la compensación que una entidad de crédito puede cobrar por amortizaciones anticipadas, el derecho a convertir a moneda nacional los préstamos en moneda extranjera, o los límites a la retribución de los prestamistas e intermediarios.

Así, “el objetivo del texto en elaboración es incluir elementos adicionales que refuercen la transparencia de los contratos de crédito hipotecario” y “reforzar que el consumidor tenga pleno conocimiento de las implicaciones económicas y jurídicas que tiene el contrato que está firmando”.

La norma en elaboración dará la posibilidad de usar un contrato tipo, estandarizado y con un contenido simplificado, y establecerá que el prestamista debe poner a disposición del cliente información sobre la asistencia y consecuencias de determinadas cláusulas o del contenido potencialmente difícil de entender del contrato.

También se reforzará el control notarial para comprobar que el cliente ha recibido toda la información precontractual con la antelación debida y que la comprende, y el consumidor deberá declarar de puño y letra que acepta y comprende el contenido de la ficha estandarizada y del clausulado del contrato.

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