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El juez que mandó a Europa la ley hipotecaria: “Éramos unos frikis y ahora está en todas las agendas”

EUROPA PRESS

MADRID —

El titular del juzgado mercantil nº 3 de Barcelona, José María Fernández Seijo, que llevó la Ley Hipotecaria ante la Justicia europea, ha afirmado este miércoles que la normativa vigente es inconstitucional y si no se ha declarado así es porque data de 1946, tres décadas antes de que se aprobase la Constitución de 1978, y opina que en este momento se dan las circunstancias para poder abordar un cambio “no traumático” de la normativa.

Durante su intervención en la jornada 'Procedimiento hipotecario: cambios necesarios' que el PSOE ha celebrado en el Congreso, Fernández Seijo ha afirmado que “la crisis económica tiene su imagen en la camiseta de los afectados por las hipotecas”, que se han convertido en el “icono de la crisis”.

Por eso, insta al Gobierno a aprovechar la ocasión de solucionar el problema de los desahucios, ya que lograrlo equivaldría a “dar al primer interruptor que permitiría pensar que España tiene capacidad para salir de la crisis”.

“Por tanto, nos debemos plantear que hay que solucionar este problema fundamental para poder cambiar el signo de la crisis”, ha añadido el juez, que fue quien elevó al Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE) una cuestión sobre la normativa hipotecaria española que recibirá una respuesta en forma de sentencia judicial este mismo jueves.

El problema seguirá existiendo

A este respecto, ha asegurado que lo importante no es ese fallo, porque si es favorable a su punto de vista crítico permitirá “poner en marcha mecanismos par que el problema se solucione un poquito más rápido” pero si no es así “el problema seguirá existiendo y habrá que buscarle una solución” igualmente.

De hecho, ha recordado que a quienes, como él, llevan más de cinco años debatiendo sobre la necesidad de reformar en profundidad la normativa porque ser “desequilibrada, abusiva y no tutelar correctamente los derechos sociales” se les consideraba unos “frikis” pero ahora este tema está “en todas las agendas”, lo que ya supone un avance.

“La cuestión es que los partidos sean conscientes de que se dan las circunstancias políticas, sociales, económicas y éticas para poder realizar un cambio de modelo no traumático que solucione las perspectivas económicas y sociales a cientos de familias. Si no hay una solución legislativa a corto plazo, el número de afectados se incrementará, pero tarde o temprano el problema se tiene que solucionar. Es una cuestión de paciencia”, ha añadido.

Proteger al consumidor

Además, Fernández Seijo ha recordado que desde el Caso Océano, del año 2000, el TJUE reconoce que “hay un desequilibrio en la relación entre empresas y consumidores, que no pueden negociar las cláusulas, no tienen el mismo acceso a la información y carecen de mecanismos de defensa ante cláusulas abusivas”. Por eso, sentenció que “los tribunales tienen que asumir una tutela a priori para los consumidores y pueden declarar la nulidad de las cláusulas abusivas”.

Estas previsiones se incluyeron ya en la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que “abrió una posibilidad razonable para que los jueces civiles, que hasta entonces no se implicaban ni comprometían en la tutela de las partes, empezaran a analizar en la protección de los consumidores con sus sentencias”.

Sin embargo, “ni el Tribunal Constitucional (TC) ni el Supremo (TS) han sido capaces de sentar una jurisprudencia suficientemente clara y sencilla como para garantizar una tutela a los consumidores en el procedimiento judicial”, lo que le llevó a recurrir al TJUE para expresar sus dudas acerca de las posibilidades que tiene un juez de “modular los desequilibrios” en las relaciones de consumo.

Y es que, a su juicio, en los procedimientos de ejecuciones hipotecarias se produce la “circunstancia anómala” de que el juez no analiza en profundidad las circunstancias que han llevado a ese punto ni tiene contacto con el afectado, por lo que lo primero sería dotar al ordenamiento jurídico de un sistema para que el juez pueda modular o eliminar directamente cláusulas abusivas sin esperar a que se haya ejecutado el lanzamiento para dar oportunidad al afectado de exponer su caso.

La morosidad no es excusa

Finalmente, Fernández Seijo ha hecho referencia a la morosidad del sistema, que es “muy reducida” (inferior al 4%) y afecta fundamentalmente al crédito promotor (80% del total) y no a los consumidores particulares (20%), por lo que “cualquier medida legislativa no tendría por qué empeorar la situación sino que podría tener un efecto positivo”.

“La decisión política de dar una salida razonable a las ejecuciones hipotecarias no debería tener un efecto pernicioso en el sistema financiero. Entre otras cosas, porque esos efectos no dependen de los consumidores, que no tienen capacidad para hundir el sistema financiero. El sistema se ha hundido solo y por méritos propios”, ha concluido.

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