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El piloto de Fórmula 1 Lewis Hamilton compró su jet desde un paraíso fiscal para ahorrarse el IVA

Lewis Hamilton, en el Gran Premio de Fórmula 1 de Estados Unidos el 21 de octubre de 2017 / Darron Cummings \ AP Photo

Economía

Lewis Hamilton utilizó una triquiñuela muy habitual en el mundo de la jet-set para pagar menos impuestos a la hora de comprar uno de sus flamantes aviones. Según la filtración Los Papeles del Paraíso, a la que ha tenido acceso el Consorcio Internacional de Periodismo de Investigación (ICIJ) que en España tiene como socios a laSexta  y  El Confidencial, el corredor de Formula 1 compró su avión mediante una sociedad en la Isla de Man lo cual le supuso un importante ahorro en el IVA.

La planificación fiscal de esta compra se la hizo el despacho Appleby junto con los asesores de Hamilton, la consultora Erns&Young. Para ello, y tal y como cuenta El Confidencial, el piloto logró un reintegro de 3,3 millones de libras (3,85 millones de euros) por concepto de IVA, tras la compra de su jet de 17 millones de libras.

Para lograrlo, parece que Hamilton usó compañías pantalla en la Islas Vírgenes Británicas y en la Isla de Man o en Guernsey, sociedades que usó para importar su modelo Bombardier en Inglaterra desde Canadá en 2013.

Según el consorcio, otros multimillonarios aprovechan este sistema para pagar menos impuestos. Son conocidos por ello Donald Trump o el Príncipe de Arabia Saudí Mohammed ben Salman.

En España también ha habido casos de millonarios que han utilizado los refugios fiscales para matricular sus aviones. El último caso conocido, y publicado por eldiario.es en exclusiva, fue el del banquero Jaime Botín, hermano del difunto Emilio Botín.

El banquero ha sido condenado por fraude fiscal por un delito contra la Hacienda Pública en la compra de un avión privado a través de un entramado de sociedades en Portugal y Jersey.

Previo pago de la multa del 50% de la cuota defraudada (cifrada por la Fiscalía en 1.014.298 euros), lo que elevaría la multa a más de medio millón de euros, Botín ha logrado la aplicación del 305.6 del código penal, según fuentes jurídicas. Este artículo permite bajar dos grados la pena si antes de que transcurran dos meses desde la citación judicial como imputado satisface la deuda tributaria y reconoce judicialmente los hechos.

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