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Los autónomos podrán pagar el IVA solo cuando cobren las facturas

El Gobierno facilitará la residencia a los inversores extranjeros. EUROPA PRESS

eldiario.es

Madrid —

No será en los primeros cien días, ni siquiera en el primer año, sino más de año y medio después de la llegada de Mariano Rajoy al poder cuando el Gobierno apruebe la Ley de Emprendedores. El Consejo de Ministros da hoy el visto bueno a una de las normas más anunciadas por el Ejecutivo y que pretende facilitar las cosas a autónomos y pequeñas empresas.

La medida estrella es el cambio en la forma en que se paga el IVA. Desde ahora, autónomos y pymes podrán abonarlo una vez que cobran sus facturas y no antes, como hasta ahora. Técnicamente, se trata de cambiar el llamado criterio de devengo por el criterio de caja. El sistema será voluntario –solo lo aplicará quien lo quiera– y, eso sí, afectará a las dos partes de una operación: una empresa podrá no pagar el IVA hasta que la otra parte no le haya abonado la factura, pero esa sociedad tampoco podrá desgravárselo hasta que no haya saldado su deuda.

Según cálculos de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), los autónomos adelantarán a Hacienda 250 millones de euros en IVA de facturas no cobradas correspondientes al primer trimestre del año. Cerca del 30% de ese dinero corresponde a dinero que deben las administraciones públicas.

Otra de las patas de la ley será la creación de incentivos para las personas que inviertan en proyectos empresariales. Aunque faltan los detalles, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ya anunció esta semana que el Gobierno facilitará la entrada y residencia a los inversores extranjeros que apoyen proyectos y creen empleo. También podría haber incentivos fiscales para las personas que inyecten dinero en pequeñas empresas.

El Gobierno quiere también facilitar la creación de empresas y reducir la burocracia. Para eso, integrará toda la información y documentación necesaria en una página web, de forma que cualquiera pueda crear una empresa a través de internet. Todos los trámites de constitución, cambio de titularidad y puesta en marcha de las sociedades podrán hacerse de esta forma.

Además, los autónomos que estén en régimen de pluriactividad –es decir, que están también dados de alta en otro régimen de la Seguridad Social diferente al de autónomos y cotizan por los dos– tendrán una cotización reducida.

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