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Guindos insiste en que JUR y BCE son responsables de la resolución de Popular

Guindos insiste en que JUR y BCE son responsables de la resolución de Popular

EFE

Bruselas —

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El ministro español de Economía, Luis de Guindos, insistió hoy en que la Junta Única de Resolución (JUR) y el Banco Central Europeo (BCE) fueron los “responsables” de decidir la resolución del Banco Popular, conforme a las normas de la Unión Bancaria que se aplicaron a la entidad española.

“Hay un supervisor único, que es el BCE, y una Junta Única de Resolución, que se encarga de las resoluciones o liquidaciones de los bancos. Y ellos han sido los responsables”, dijo De Guindos a su llegada al consejo de ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea (UE) que se celebra hoy en Bruselas.

El ministro respondió así al ser preguntado sobre la posibilidad de que sean las instituciones europeas quienes tengan que hacer frente a los litigios y sus costes por la resolución de Popular, que supuso su venta por un euro al Banco Santander e impuso pérdidas totales a accionistas y tenedores de bonos subordinados.

“No voy a adelantar ningún tipo de resultado”, añadió el titular de Economía, quien insistió en que la operación se produjo siguiendo las citadas normas de la Unión Bancaria que se incluyeron en la legislación española en 2015.

De Guindos subrayó que el objetivo fundamental de estas es “que los contribuyentes no paguen los rescates de los bancos” como ocurrió en España en 2012 y consideró que “por eso el Banco Popular se pone de modelo para futuras resoluciones bancarias”.

“A partir de ahí, la gente considera que tiene sus derechos, puede plantear sus demandas, y los jueces y nosotros no tenemos absolutamente nada que decir. Pero la ley está ahí y está muy clara”, añadió.

La Junta Única de Resolución ordenó el 8 de junio la resolución de Banco Popular después de que el BCE determinase que este era inviable por falta de liquidez.

La entidad fue intervenida y vendida al Santander por un euro en una operación gestionada por el FROB español que conllevó pérdidas totales para accionistas y tenedores de deuda subordinada, que ahora tiene derecho a demandar por las pérdidas.

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