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Santander se escuda en la resolución del Popular para no responder penalmente

EFE

Madrid —

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El Banco Santander ha recurrido su imputación en el caso que investiga la gestión y caída del Popular en calidad de sucesor, al considerar que la absorción de la entidad vino motivada por un proceso de resolución acordado por un “poder público” en aras de proteger “relevantes intereses generales”.

En su recurso de reforma, la entidad pide que se le revoque dicha condición por ser contraria a los principios de personalidad de las penas y de culpabilidad que contemplan la Constitución Española y la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y afirma que la única responsabilidad derivada posible sería civil subsidiaria.

Entre sus argumentos, Santander recuerda que la resolución del Popular fue decisión de la Junta Única de Resolución (JUR) que, “en protección de relevantes intereses generales”, acordó el 7 de junio de 2017 “la creación de una nueva realidad para venderlo a un tercero”.

“No se trata de una modificación voluntaria, sino de un cambio estructural forzoso y dictado desde las autoridades públicas”, apunta el documento al que ha tenido acceso Efe, que evitó “el terrible impacto que hubiera tenido sobre el mercado financiero español el concurso del Popular”.

La operación, ejecutada por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), supuso así la “muerte” o “disolución material” del “antiguo Popular”, entidad en cuyo seno se habrían cometido las irregularidades, por lo que descarta que pueda aplicarse responsabilidad penal alguna al grupo que preside Ana Botín.

Máxime cuando el organismo transmitió “el nuevo Popular a la única entidad que presentó una oferta en el proceso”, el Santander, que se “ha hecho cargo diligentemente” de él, evidenciando “la ruptura radical” con los anteriores gestores.

Añade que el grupo, que adquirió el banco por un euro, ha “inyectado liquidez y capital”, como muestra que el mismo día de la resolución introdujera 13.000 millones de euros para garantizar su funcionamiento frente a la “dramática falta de liquidez”.

Un mes más tarde, el 28 de julio de 2017, se acordó una ampliación de capital de 2.736 millones con prima de emisión de 4.143, íntegramente suscrita por el Santander, que inyectó 6.879 millones.

Todo ello, prosigue su representante, ha permitido que los contribuyentes no hayan tenido que soportar el coste de su intervención, unos “36.000 millones de euros según valoró el Ministerio de Economía”, a diferencia de lo que ocurrió “con muchas cajas de ahorro, singularmente Bankia/BFA”.

El Santander apela al antecedente de Banco de Valencia, en el que el juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz rechazó imputar a CaixaBank como sucesora por delitos presuntamente cometidos por quienes fueran administradores de la entidad levantina, ya que la absorción se produjo “como consecuencia de un saneamiento bancario por un poder público”

Cifras al margen, la medida de la JUR generó una nueva estructura de propiedad y unos nuevos órganos de administración y alta dirección, que evidencian una “innegable ruptura de la realidad jurídica y económica del Popular”.

Prueba de este cambio son las demandas judiciales interpuestas por el Santander a los consejeros ejecutivos del “antiguo Popular” que se negaron a devolver las cantidades percibidas en concepto de compensación por prejubilación.

Motivos por los cuales el banco “no tiene por qué ser considerada parte investigada ni soportar durante la (presumiblemente) larga duración” del proceso las consecuencias reputacionales y regulatorias que podría tener la imputación.

No obstante, insiste en que la intención “siempre ha sido, y seguirá siendo”, la de colaborar al máximo con la investigación.

El “caso Popular” estalló en octubre de 2017, cuando el entonces titular del juzgado, Fernando Andreu, admitió a trámite varias querellas contra los expresidentes Ángel Ron y Emilio Saracho, sus respectivos consejos y PwC, por presuntos delitos de falsedad societaria, administración desleal y apropiación indebida, entre otros.

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