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El Supremo da autonomía al Banco Central Venezuela del Parlamento para endeudamiento

El Supremo da autonomía al Banco Central Venezuela del Parlamento para endeudamiento

EFE

Caracas —

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El Tribunal Supremo de Justicia venezolano (TSJ) informó hoy sobre un dictamen en favor del Banco Central de Venezuela que le da autonomía para suscribir un contrato de préstamo con organismos internacionales sin pasar por el Parlamento, controlado por los opositores al Gobierno.

El TSJ resolvió una solicitud de interpretación realizada por el BCV “en ocasión de la eventual suscripción de un contrato de préstamo entre el ente emisor y el Fondo Latinoamericano de Reservas (FLAR)”, informó el máximo tribunal.

La sentencia dictada por la Sala Constitucional analizó las competencias del BCV, “el cual es una persona jurídica de Derecho Público, de rango constitucional, dotado de autonomía para el ejercicio de sus atribuciones con la eficiencia que deben revestir las operaciones de la entidad”, señaló.

La decisión es de “especial interés en el marco del estado de emergencia económica actualmente en vigor en el territorio nacional”, agregó.

La decisión autoriza al banco central a contraer deudas sin pasar por el control del Parlamento, que por primera vez en 15 años está controlado por los opositores al Gobierno chavista.

“El control previo de la Asamblea Nacional (AN, Parlamento) transgrediría la autonomía constitucional del Banco Central de Venezuela”, sostiene la sentencia.

El presidente de la comisión de Finanzas del Parlamento, el opositor Alfonso Marquina, aseguró hoy que “si estas operaciones no tienen la autorización de la AN son nulas de toda nulidad, y por lo tanto los problemas lo van a tener esos inversionistas cuando vengan a exigir a la república el cumplimiento de esos compromisos”.

Esta decisión que ha sido rechazada por los opositores se suma a una lista de varias sentencias del Supremo venezolano contra el Parlamento.

El TSJ declaró en abril inconstitucional una reforma parcial a la Ley del Banco Central (BCV) que aprobó la mayoría opositora de la AN a principios de marzo, por cuanto la reforma pretendía “atribuirle al Parlamento Nacional competencias para designar, ratificar y remover al Presidente y demás directores del BCV”, indicó la decisión.

La reforma parcial que fue anulada restablecía las funciones de contraloría de la Cámara sobre el ente financiero, el nombramiento conjunto con el Ejecutivo de los directivos del BCV, así como la obligación de publicar los índices económicos, que estuvieron vigentes mientras el chavismo controló la AN, pero que modificó días antes de ceder el control a la oposición.

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