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Transparencia obliga a Competencia a entregar las actas del pleno del organismo desde su creación

José María Marín Quemada, presidente de la CNMC.

Antonio M. Vélez

Una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha obligado a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) a facilitar las actas y los órdenes del día de las reuniones del pleno del organismo desde su entrada en funcionamiento, el 7 de octubre de 2013, hasta la actualidad. La resolución del CTBG, fechada el 8 de agosto, sólo obliga al 'súperregulador' de los mercados a facilitar esa información a la persona que reclamó.

Fuentes de la CNMC señalan que el organismo no recurrirá la decisión en los tribunales y añaden que Competencia ultima una herramienta para publicar en su web los órdenes del día del pleno, los asistentes a las reuniones, los asuntos a tratar y los acuerdos adoptados con los correspondientes informes. Pero esa herramienta no dará a conocer las actas del pleno porque “las deliberaciones de un órgano colegiado no son públicas”.

Esos documentos, que el organismo ha entregado, de manera confidencial, a diputados del Congreso (el órgano que fiscaliza a la CNMC) cuando los han pedido, pondrían negro sobre blanco la división existente en el seno del organismo regulador desde su creación hace cuatro años, con votos particulares de algunos consejeros que han dado munición legal a las empresas para lograr que los tribunales anulen sanciones millonarias del organismo.

La cuestión ha suscitado incluso la preocupación del PP. Su diputado Eloy Suárez la sacó a colación este martes, durante la comparecencia en el Congreso de los dos nuevos consejeros que ha propuesto el Gobierno para la CNMC.

Prácticamente ninguno de los reguladores en España, desde la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) hasta el Banco de España, publica las actas de sus máximos órganos de gestión, a diferencia de lo que hacen la Reserva Federal estadounidense o el Banco Central Europeo, que sí las publican pasado un tiempo prudencial, convenientemente editadas.

El Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) sí publica un resumen de las actas del pleno que incluye, en su caso, los votos particulares de los consejeros. En junio pasado, el Congreso instó al Gobierno a “hacer públicas las deliberaciones del pleno del CSN, con la publicación de los diarios de sesiones de las reuniones y habilitar la retransmisión pública de las reuniones del pleno, garantizando así la máxima transparencia en la toma de decisiones”. La propuesta partió originalmente de Ciudadanos.

El reclamante que ha logrado que la CNMC le entregue sus actas presentó una solicitud de información el pasado 13 de marzo ante el Ministerio de Presidencia relativa “a las convocatorias, órdenes del día y actas de todos y cada uno de los plenos del consejo de administración” de la CNMC “celebrados desde su entrada en funcionamiento el 7 de octubre de 2013 hasta la actualidad”.

El 22 de marzo, el Ministerio de Economía denegó el acceso a esa información y remitió la petición a la CNMC, que no contestó. El 16 de mayo de 2017, el peticionario formuló reclamación ante el CTBG y en junio la CNMC denegó la información.

La resolución que firma el subdirector de Transparencia del CTBG, Javier Amorós, refleja que el organismo ha rechazado obligar a la CNMC a facilitar las convocatorias del pleno, como pedía el reclamante.

Para ello, da por buenos los argumentos del secretario del Consejo de la CNMC: “Facilitar 8.004 correos electrónicos una vez que han sido eliminados de los mismos aquellos datos de carácter confidencial y tras haber disociado datos personales que pudieran contener, sobrepasa manifiestamente los límites normales del ejercicio del derecho de acceso puesto que no está justificada esa solicitud concreta con la finalidad de la Ley”.

Añadió el abogado de la CNMC que “acceder a las convocatorias no supone un escrutinio de la acción de los responsables públicos, no ofrece más información sobre cómo se toman las decisiones públicas ni cómo se manejan los fondos públicos, y tampoco supone dar a conocer los criterios bajo los cuales actúan las instituciones públicas.”

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