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El Tribunal de Cuentas cuestiona las adjudicaciones de la mutua Asepeyo por falta de transparencia

El Tribunal de Cuentas cuestiona las adjudicaciones de la mutua Asepeyo por falta de transparencia

Economía

El Tribunal de Cuentas ha detectado prácticas en la adjudicación de contratos por Asepeyo, una de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, que no garantizan ni la transparencia ni la objetividad del procedimiento, según informa Europa Press.

Así figura en su 'Informe de fiscalización de la contratación celebrada por Asepeyo, mutua colaboradora con la Seguridad Social número 151, Ejercicio 2016', en el que señalan que en todos los contratos adjudicados por procedimiento abierto analizados se abrió el sobre con la oferta económica y la documentación de criterios de adjudicación en sesión privada y única.

Respecto a los adjudicados a través de procedimientos restrictivos de publicidad y concurrencia, el Tribunal apunta a diez casos en los que “no se considera suficientemente justificada la elección del procedimiento”, pues ésta no está basada ni en circunstancias excepcionales, o necesidades técnicas, artísticas o de exclusividad.

“Diversas deficiencias”

El órgano que preside Ramón Álvarez de Miranda detecta “diversas deficiencias” en la “integridad y exactitud” de los contratos remitidos por la mutua, lo que, a su juicio, denota “la falta de controles suficientes que aseguren el adecuado tratamiento de la información que contiene” esta relación de contratos.

De hecho, la fiscalización se ha realizado sin el acceso a tres expedientes de contratación, ya que el Tribunal señala que la mutua “no remitió de oficio cinco expedientes de contratación que figuraban en la relación certificada correspondiente al ejercicio 2016, si bien dos de ellos fueron enviados con posterioridad tras la petición expresa del Tribunal”.

El Tribunal también critica que en los expedientes fiscalizados no consta una memoria o documento económico que justifique la cuantía de un presupuesto determinado, y la falta de concreción de medios para acreditar solvencia, tanto económica y financiera como técnica y profesional a las licitadoras, en 14 expedientes, lo que introduce, apunta el Tribunal, “un excesivo margen de discrecionalidad”.

Otro de los aspectos destacados en la fiscalización es la falta de concreción en los aspectos que acabaron determinando una mayor o menor puntuación en determinados expedientes. Hasta en 16 casos, señala el Tribunal, la justificación contenía “referencias excesivamente genéricas”, algo “contrario a los principios de objetividad y transparencia exigibles en la contratación pública”, recuerda.

Respecto a los contratos de obra, 12 de los 13 contratos de este tipo fiscalizados concentraron retrasos en la fecha de finalización de los trabajos, a pesar de haberse valorado la reducción de tiempo como criterio de adjudicación en todos ellos, frente a lo cual no había imposición de penalidades económicas al contratista.

“Insuficiente control en su ejecución”

Además, el Tribunal señala que “la mayor parte de las causas” que provocaron los retrasos “no están suficientemente justificadas”, lo que revela “en muchas ocasiones la existencia de deficiencias en la planificación de las obras y en la preparación de los contratos y un insuficiente control en su ejecución”.

El informe alude al caso concreto de las obras de reforma y adaptación en un mismo inmueble, para los que Asepeyo formalizó cinco contratos de obras con la misma empresa por prácticamente medio millón de euros: 410.862,41 euros, IVA excluido.

Para ellos, pese a que los objetos contractuales son diferentes, el Tribunal cree que podría haberse tramitado un único procedimiento, obteniendo de esta forma economías de escala, y reduciendo cargas administrativas y plazos.

De hecho, las memorias justificativas se elaboraron en fechas muy próximas, en algunos casos casi coincidentes, al igual que la ejecución de los trabajos, algo que en el caso de uno de los expedientes las obras comenzaron a ejecutarse, señala el Tribunal, casi dos meses antes de adjudicar el contrato y cinco meses antes de iniciarse las mismas.

Este contrato, señala el Tribunal, se adjudicó a través de un procedimiento negociado o de invitación sin publicidad previa de forma injustificada, según el Tribunal, ya que las circunstancias alegadas, señala, “no justifican la utilización de dicho procedimiento de acuerdo con las que prevén las Instrucciones Internas de Contratación”.

Los otros cuatro expedientes sí que se adjudicaron a través de procedimiento abierto, aunque el Tribunal detecta deficiencias relacionadas con las mejoras --“adolecen de falta de concreción en su contrato”, señala-- y en el método de asignación de la puntuación. En todos estos casos el sobre con la oferta económica y la proposición técnica, puntuable mediante juicios de valor, se abrió en sesión privada y única.

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