Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.
Noticia de agencia

Noticia servida automáticamente por la Agencia EFE

Esta información es un teletipo de la Agencia EFE y se publica en nuestra web de manera automática como parte del servicio que nos ofrece esta agencia de noticias. No ha sido editado ni titulado por un periodista de eldiario.es.

El abogado de la UE avala limitar el embargo por vencimiento anticipado a petición deudor

El abogado de la UE avala limitar el embargo por vencimiento anticipado a petición del deudor

EFE

0

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha mostrado partidario de limitar los embargos sobre hipotecas con vencimiento anticipado, declarado abusivo, a aquellos casos en los que el consumidor “tras haber sido debidamente informado por el juez” así lo manifieste.

En las conclusiones publicadas hoy, señala que una vez reconocido el carácter abusivo de esta cláusula, el magistrado “no puede iniciar o, en su caso, proseguir” con la ejecución hipotecaria aunque considere que se trata del procedimiento más favorable, sino que deberá informar previamente al cliente para que sea éste quien decida en última instancia si se acoge a él o invoca la nulidad de la cláusula.

El pronunciamiento del letrado polaco Maciej Szpunar se produce año y medio después de que el Tribunal Supremo elevara al TJUE una cuestión prejudicial para que éste determinara si la nulidad de una cláusula de vencimiento anticipado impide a un juez español mantener abierto el procedimiento hipotecario, es decir, sobreseerlo o no.

Tal como desarrolla el escrito, entre las preocupaciones esgrimidas entonces por los magistrados, que no obstante admitían que estos términos habían sido utilizados “en casi todos los contratos de préstamo hipotecario”, estaban las posibles “perturbaciones graves y sistémicas” que podría sufrir el sistema bancario nacional si los bancos no pudieran recurrir a la ejecución.

Ya antes, en 2015, el Supremo había anulado las cláusulas de vencimiento anticipado, y acordó la aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que permite reclamar la totalidad de lo adeudado por capital y por intereses si se hubiese convenido el vencimiento total en caso de falta de pago de, al menos, tres plazos mensuales.

Aunque la decisión le corresponde al órgano comunitario, el abogado expone ahora que afirmar que el embargo de una vivienda es “inequívocamente más beneficioso para el consumidor” es una afirmación “sujeta a salvedades” que depende de las circunstancias de cada caso.

Szpunar se opone además a “preservar” las partes “no infectadas” de una condición declarada abusiva, en particular en caso de impago de una única cuota mensual, por lo que insta a la total eliminación de este tipo de cláusulas.

A modo de conclusión, enfatiza la importancia de “preservar el edificio, actualmente sólido y coherente, de la protección de los consumidores”, motivo por el que invita a reforzar el mercado interior de España a través de una normativa más completa.

Por todo ello, insta al TJUE a que confirme su jurisprudencia, ya que en enero de 2017 estableció que incluso aunque la entidad hubiera esperado al impago de tres o más cuotas para proceder a la ejecución de la hipoteca, la cláusula se debe tener por no puesta y, en consecuencia, no puede aplicar un vencimiento anticipado.

La asociación Adicae celebra que “Europa abra la puerta a corregir otro abuso de la banca”, y entiende que tras sus conclusiones “se hace más necesario que nunca la aprobación urgente de la ley de transparencia en la contratación masiva”.

Dicha disposición, en trámite en el Congreso de los Diputados, integra la ineficacia plena de las cláusulas abusivas, esto es, si un aspecto es declarado nulo, todos los efectos generados deben anularse.

La agrupación que preside Manuel Pardos anticipa así un “nuevo varapalo” de la Unión Europea a España en materia hipotecaria, y critica el actual proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario por ser “una burla” a los consumidores.

Etiquetas
stats