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El juzgado de hipotecas de Valencia suspende las vistas por la inseguridad jurídica

El juzgado de hipotecas de Valencia suspende las vistas por la inseguridad jurídica

EFE

La titular del Juzgado de Primera Instancia número 25 de Valencia, especializado en litigios hipotecarios, ha decidido este lunes suspender parte de su actividad tras la sentencia del Tribunal Supremo que contradice la jurisprudencia anterior en la materia, un hecho que califican de “grave situación de inseguridad jurídica”.

Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la magistrada titular, con el apoyo de las cuatro juezas de refuerzo, ha suspendido las audiencias previas y vistas en procedimientos que se vean afectados por esta materia, los procedimientos ordinarios en los que se ejercite acción de nulidad de cláusulas sobre gastos contenidas en escritura de préstamo hipotecario, impuesto de actos jurídicos y solicitud de reintegro a la entidad prestamista.

Las juezas son conscientes de que la medida “supondrá retrasos en la tramitación y resolución de asuntos, con el consiguiente prejuicio que ello supone para las partes” si bien consideran que la decisión adoptada es la más “responsable” en las actuales circunstancias. Esta suspensión se ha notificado en cada una de las actuaciones judiciales en los procedimientos afectados, han indicado las mismas fuentes.

La Sala Tercera del Tribunal Supremo (Sección Segunda), en sentencia 1505/2018 del 16 de octubre, interpretando el texto refundido de la ley del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y su reglamento, determinó que es el banco y no el cliente quien debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en las escrituras públicas de préstamo con garantía hipotecaria.

El pasado viernes, un día después de la publicación de esta sentencia, el presidente de la sala tercera emitió un comunicado en el que, considerando que dicha sentencia supone un “giro radical en el criterio jurisprudencial” y “habida cuenta de su enorme repercusión económica y social” se acordó dejar sin efecto todos los señalamientos con un objeto similar y convocar un pleno de la sala “a fin de confirmar si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado”.

Tales circunstancias provocan, a juicio de las juezas especializadas en la materia en la provincia de Valencia, “una grave situación de inseguridad jurídica, dado que la sentencia contradice la doctrina anterior y establece un nuevo criterio, cuya confirmación se cuestiona”.

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