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La Justicia europea, más cerca de definir qué tipo de empresa es Uber y si su negocio es legal

Imagen de archivo de una manifestación en Bruselas de los taxistas contra Uber.

Marta Garijo / Dani Rovirosa

Madrid / Bruselas —

¿Es Uber una plataforma tecnológica o una empresa de transporte? Esta es la pregunta que un juzgado de Barcelona planteó al tribunal de Justicia de la Unión Europea tras la denuncia de la asociación de taxistas Élite y cuya vista se ha celebrado el martes 29. Un planteamiento que va más allá del propio caso de Uber y se expande hasta el nuevo modelo de plataformas digitales donde otros nombres como Airbnb o BlaBlaCar están ganando tamaño, aumentando su negocio y poniendo el jaque el status quo de las grandes compañías y los lobbies tradicionales.

El origen de este procedimiento está en la llegada de Uber en 2014 a España con su servicio UberPop donde cualquier conductor sin licencia podía ponerse en contacto con pasajeros y llevarlos en su coche particular. Las asociaciones de taxistas lo denunciaron, primero en Barcelona y luego en Madrid, por considerar que incumplía la normativa de transportes y suponía una competencia desleal. El juzgado de Barcelona decidió elevar la cuestión sobre qué norma debía utilizar para este caso a la justicia europea. Un paso que quedó diluido por la decisión del titular del mercantil número dos de Madrid que mediante unas medidas cautelarísimas directamente prohibió el servicio UberPop en España.

Tras la fuerte polémica en España y en otros países por su forma de actuar, la compañía hizo un cambio de estrategia y cambió su servicio UberPop por UberX, donde los conductores deben tener licencia de transporte (en el caso de España, disponer de una VTC). Ahora, este nuevo servicio es el que se utiliza en la mayor parte de los países europeos.

¿Qué opina la Comisión?

La opinión de la Comisión Europea durante la vista es de especial relevancia, dado que es la guardiana de los tratados europeos y guía a los jueces sobre cómo deben interpretar la legislación comunitaria. Aunque no toman partido, “los servicios de Uber en España no constituyen un servicio exclusivo de la sociedad de la información”, explica Lucía Caudet, portavoz de Industria del Ejecutivo comunitario.

No obstante, Bruselas considera que no se puede extrapolar el ejemplo concreto de España ni a las particularidades de Uber en otros países, ni al resto de plataformas de la economía colaborativa, como puedan ser Blablacar o Airbnb. “Hay que ver caso por caso”, dice Caudet, ya que los Estados miembros están regulando este sector de formas distintas, incluso dentro de un mismo país. Barcelona y Madrid, por ejemplo, difieren en el caso de Uber.

Las dos partes implicadas hacen una lectura positiva de la vista. El letrado de SBC Abogados, Diego Salmerón, que defiende la posición de la asociación de taxistas,señala que Uber ha ido cambiando su definición como compañía y apunta que han reconocido que existe una actividad de tranporte. Salmerón señala que ellos no tienen ningún problema con plataformas como Hailo o MyTaxi, pero apunta que la “base esencial de UberPop es ilegal”.

Un portavoz de Uber agradece “la oportunidad de ofrecer nuestro punto de vista al Tribunal de Justicia de la Unión Europea”. En el mismo comunicado señala que “este caso puede ser un buen ejemplo de cómo las leyes europeas apoyan el desarrollo del Mercado Único Digital, en contraposición con las regulaciones nacionales que limitan el desarrollo de los servicios de la economía colaborativa”.

Tras la vista, el próximo 6 de abril el abogado general leerá las conclusiones, que no prejuzgan la sentencia. Tras esto, unos meses después se pronunciará la sentencia final.

La batalla legal de las plataformas

A pesar de la cautela que muestra la portavoz comunitaria, la opinión del tribunal puede marcar un punto de inflexión en medio de una maraña de conflictos entre las plataformas y los lobbies tradicionales del transporte y el alojamiento, sin olvidar las multas que han impuesto algunas comunidades autónomas en España.

Para unificar el criterio, la Comisión Europea presentó en junio unas directrices que deben seguir todos los países. Bruselas es partidaria de impulsar estos nuevos modelos de negocio, porque considera que pueden fomentar el crecimiento. Por eso recomienda que la prohibición de las plataformas digitales “sólo deberían imponerse como último recurso”. Bruselas quiere que convivan con las empresas tradicionales y por eso les exige estar sujetas a impuestos como el IRPF, el IVA y el de sociedades. Y deja en manos de cada país decidir qué tipo de relación laboral tienen los operarios con cada una de las plataformas.

Una idea que comparte la asociación sectorial en España. “Consideramos que es importante por el modelo de negocio que está en cuestión. Tenemos muy claro que son meros intermediarios y no prestan el servicio subyacente”, apunta José Luis Zimmerman, director general de la asociación que engloba en España a estas plataformas.

España es probablemente el país donde más casos de la denominada “economía colaborativa” han acabado en los tribunales, a lo que se suman las multas de las comunidades autónomas tanto a Airbnb como a BlaBlaCar. En la base de la mayor parte de los conflictos está si hay que legislar a las plataformas por la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información o por la ley sectorial, por lo que un fallo de la justicia europea en uno u otro sentido podría inclinar la balanza

“El posicionamiento de las instituciones y Tribunales europeos está teniendo por el momento un papel estratégico para plataformas digitales como Uber, Blablacar o Airbnb que, aunque con modelos de negocio muy diferentes, esperan que la administración contribuya a definir un marco normativo que tranquilice a los millones de usuarios en España”, explica Miguel Ferrer, experto en economía colaborativa y director en asuntos públicos de Kreab.

Independientemente de esta vista, Uber ha iniciado otras acciones en Europa y ha planteado quejas contra España, Francia, Alemania y Hungría ante la CE. A las que hay que añadir las de Airbnb contra España, Francia y Bélgica y Blablacar también contra España. El Ejecutivo comunitario aún no ha abierto procedimientos de infracción contra ningún país y su opinión podría llegar una vez el Tribunal de Justicia de la UE dicte su sentencia sobre Uber. “No digo que el dictamen de la Corte de Justicia tenga impacto directo”, pero “ayudan a facilitar el análisis”, explica Caudet.

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