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La presidenta de la CNMV no comparte el criterio contable del Supremo sobre Bankia

EFE

Madrid —

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La presidenta de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), Elvira Rodríguez, ha asegurado hoy que “no comparte” el criterio contable del Tribunal Supremo sobre Bankia, haciendo alusión a dos sentencias sobre la anulación de la venta de acciones de la entidad en su salida a bolsa.

Durante la presentación del Plan de Actividades para 2016, Rodríguez ha recordado que en la salida a bolsa de Bankia, en julio de 2011, la CNMV “hizo varias cosas, analizó y exigió que el precio fuera de mercado, e incluyó una serie de advertencias en el folleto”, relativas a los problemas que podría encontrar el desarrollo del negocio dada la elevada exposición de la entidad al sector inmobiliario.

Pero lo fundamental, ha dicho, es que no cabe admitir que circunstancias posteriores a un hecho previo “se den como sabidas” cuando esto no era posible, en relación con “el incremento de requisitos de capital” que vinieron después y que hicieron que las cuentas de Bankia, “que eran de una manera, luego fueran de otra”.

De ahí, ha querido destacar Elvira Rodríguez, que no comparta el criterio del Supremo, aunque en todo momento se ha referido a la situación de la entidad, y no a la comercialización de las acciones de Bankia, ya que “otra cosa muy distinta es que a un pensionista le encasquetaran unas acciones de aquella manera”.

En aquel momento, ha recordado, se admitió que la información contable fuera la de las cajas que dieron lugar a Bankia, y “si el legislador hubiera querido que no saliera a bolsa una empresa que no llevaba tres años operando pues no lo hubiera permitido”.

Esa excepcionalidad ya venía de atrás, de una reforma que se hizo durante “la burbuja de las telecos”, ha señalado, en 1999.

Rodríguez se refería en su intervención a dos sentencias publicadas por el Supremo el pasado 27 de enero, que desestimaban los recursos interpuestos por Bankia contra dos sentencias anteriores que decretaban la nulidad de los contratos de compra de acciones emitidas por la entidad.

El Supremo indicaba que hubo error en el consentimiento al existir desfase entre las cifras del folleto informativo y las reales.

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