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Trabajo estudiará si la pensión de jubilación procedente del tiempo parcial discrimina a las mujeres

Imagen de archivo de Magdalena Valerio, ministra de Trabajo en funciones.

Economía

Europa Press —

El Ministerio de Trabajo revisará si la pensión de jubilación causada por empleo a tiempo parcial genera discriminación sobre las mujeres, tras la sentencia europea de este miércoles que ve posibleque exista una discriminación indirecta en las pensiones generadas por este tipo de empleo, mayoritariamente femenino.

El Tribunal de Justicia de la UE dictaminó ayer que la normativa española en materia de cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial es contraria al Derecho de la Unión Europea si se revela especialmente desventajosa para las trabajadoras, una decisión que deja en manos del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, que le planteó una cuestión prejudicial al respecto.

Tras esta resolución judicial, el ministerio dirigido por Magdalena Valerio, ahora en funciones, ha informado en una nota de prensa de que la Administración de Seguridad Social “ha puesto en marcha un estudio” al respecto y, “en caso de que se demuestre un funcionamiento discriminatorio, incorporará medidas que corrijan esta anomalía con carácter general, tras consultar con los agentes sociales”, recoge el comunicado.

El Ministerio de Trabajo recuerda que la Seguridad Social modificó en 2014 la fórmula de cálculo de la jubilación en caso de trabajo a tiempo parcial, tras acatar una sentencia previa del Tribunal Europeo y otra del Tribunal Constitucional español.

Sin embargo, el máximo órgano de justicia europeo dictaminó ayer que podría persistir la discriminación pese a estas modificaciones, por lo que Trabajo revisará la normativa de nuevo para determinar si indirectamente se está penalizando a las mujeres que constituyen el 70% de los trabajadores afiliados a la Seguridad Social con contratos a tiempo parcial.

Doble penalización en la pensión

El Tribunal Europeo de Justicia apunta a que el trabajo a tiempo parcial podría suponer una doble penalización en el importe de las pensiones de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial.

En primer término, la base reguladora de la pensión de jubilación se calcula a partir de las bases de cotización, integradas por la remuneración efectivamente percibida en función de las horas trabajadas. Ello tiene como resultado que dicha base reguladora sea, en el caso de un trabajador a tiempo parcial, inferior a la de un trabajador a tiempo completo comparable.

En segundo término, mientras que dicha base reguladora se multiplica por un porcentaje que depende del número de días cotizados, se aplica a ese mismo número de días un coeficiente de parcialidad que refleja la relación entre el tiempo de trabajo a tiempo parcial efectivamente realizado por el trabajador de que se trate y el tiempo de trabajo realizado por un trabajador a tiempo completo comparable.

Aunque este segundo elemento queda atenuado por la circunstancia de que el número de días cotizados resultante de la aplicación del coeficiente de parcialidad se incrementa con la aplicación de un coeficiente de 1,5, según el Tribunal europeo, el primer elemento permite ya lograr el objetivo perseguido, que consiste, en particular, en salvaguardar el sistema de seguridad social de tipo contributivo.

Por lo tanto, “aplicar adicionalmente un coeficiente de parcialidad relativo al trabajo a tiempo parcial va más allá de lo necesario para alcanzar dicho objetivo y representa, para el grupo de los trabajadores que prestaron sus servicios a tiempo parcial reducido, una reducción del importe de la pensión de jubilación superior a la que resultaría únicamente de tomar en consideración su jornada de trabajo en función del tiempo”.

Trabajo subraya la pensión mínima completa

No obstante, el Ministerio destaca que la principal corrección de esta menor pensión se produce por la garantía de la pensión mínima completa –no en proporción a la jornada– al aplicar el complemento a mínimos que corresponda.

“Con las subidas diferenciales del 3% de los complementos a mínimos de pensión practicadas en 2018 y 2019 la capacidad correctora se ve notablemente aumentada, por comparación con los años 2014, 2015, 2016 y 2017 en los que el complemento tuvo un incremento del 0,25%. La mayoría de las personas con carreras de cotización con empleos a tiempo parcial cobran complemento a mínimo de pensión”, argumenta Trabajo.

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