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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya suspende la ley barcelonesa para frenar a Uber y Cabify

Huelga de taxistas barceloneses contra Uber y Cabify.

Pau Rodríguez / Diego Larrouy

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha anunciado este jueves la suspensión de la ley aprobada por el consejo del Área Metropolitana de Barcelona (AMB) en la que se limitaba el acceso a licencias de Uber y Cabify, según un auto del juez al que ha tenido acceso eldiario.es.

El juzgado asume así la petición de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) que pedía medidas cautelares contra dicha regulación. El consistorio pretendía que los vehículos VTC, como se conoce a este servicio, precisaran de una licencia complementaria para poder operar en el Área Metropolitana de Barcelona.

El TSJC estima de esta manera la petición que realizó la CNMC esta semana, ante la inminente entrada en vigor de la norma barcelonesa, prevista para la próxima semana. El tribunal pone en duda que Barcelona cuente con las competencias para poder aplicar esta norma.

El auto del juez apunta que parece “bastante claro” el propósito por parte de la AMB de “cercenar sensiblemente el número de autorizaciones de VTC”. En este sentido, el TSJC considera que la norma “pretende soslayar” que las autorizaciones para estos servicios dependen de una norma estatal, aplicada por la Generalitat en Catalunya. “Su naturaleza y alcance no pueden verse cortocircuitados por otros títulos habilitantes indebidamente yuxtapuestos”, añade.

Por otro lado, el tribunal destaca la “dudosa compatibilidad” del reglamento de la AMB con la ley de garantía de unidad de mercado, argumento en el que la CNMC basaba su petición para suspender la aplicación de la norma.

La vigencia de la norma traería consigo, según el TSJC, “la claudicación o pérdida automática de vigencia de buena parte de las autorizaciones VTC que operan en el área metropolitana de Barcelona”. También considera que se verían perjudicadas las licencias que se hallan en trance de ser concedidas. Añade que su aplicación produciría “pérdida de puestos de trabajo, de inversiones y depreciación de los activos de las empresas”. Por el lado opuesto, señala que la paralización de la norma “no puede traducirse en un empeoramiento significativo de las condiciones del servicio del taxi”.

La CNMC argumentaba en su escrito al tribunal que la norma “contiene numerosos obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva”. El organismo señala que se produciría una “expulsión” de competidores y que el taxi absorbería estos servicios. “Los consumidores verán parte de su demanda insatisfecha, especialmente en contextos temporales y geográficos de mayor demanda”, añade.

Competencia considera que esta ley podría provocar “que se vea comprometida la viabilidad económica de los operadores” que habían escogido el AMB por su “atractivo” de población, renta y actividad turística. La patronal de los VTC, Unauto, ya había anunciado también un recurso contra la ley barcelonesa que limitaba la circulación de estos vehículos.

El objetivo de Ada Colau, alcaldesa de Barcelona y presidenta de la AMB, era que con esta norma se expidieran unas 400 autorizaciones para estos vehículos, una cifra muy inferior a los 950 existentes actualmente en la capital catalana. Con esta limitación, se pretendía alcanzar la proporción de una licencia VTC por cada 30 de taxis tal como está estipulado en la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres, aunque las grandes ciudades españolas, como la capital catalana o Madrid, estén hoy lejos de esa proporción.

El reglamento metropolitano contemplaba sanciones de hasta 4.000 euros para aquellos vehículos que prestasen estos servicios sin la autorización adicional de la AMB, algo que se consideraría una infracción grave.

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