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La nueva Ley de Renta Básica entra mañana en vigor

Encierro del Campamento Dignidad contra el "decretazo" de la Renta Básica / JCD

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La ‘primera prueba del algodón’ del cuarto intento por implantar bien esta paga social, será si efectivamente a lo largo de este mes de octubre se publica la primera convocatoria de ayudas, como ha prometido la consejera de Mujer, Empleo y Políticas Sociales, María Ángeles Muñoz; la ley se ha publicado este jueves en el Diario Oficial de Extremadura, y entra mañana en vigor.

La ‘madre’ del texto, Izquierda Unida, --la paternidad podría atribuirse al PP ya que son los dos partidos que lo han sacado adelante en contra de socialistas y regionalistas extremeños--, ha valorado por medio de su coordinador regional, Pedro Escobar, que se va cumpliendo lo previsto, aunque en vez de hablar de octubre solo espera que “antes de acabar el año” tiene que abrirse el periodo de convocatoria y si después la resolución de las solicitudes va rápida “como pretendemos”, en vez de perder unos meses, “los ganamos”.

La Junta ha cantado las virtudes de la nueva normativa, como la simplificación en la petición de documentación, la reducción de la carga burocrática y la prestación de una mayor atención ciudadana mediante de los Servicios Sociales de Base, los cuales tramitarán las solicitudes.

La duración se amplía

La concesión de la prestación se amplia de 6 a 12 meses, de manera que en el trimestre anterior a su finalización el beneficiario de la misma podrá volver a solicitarla de modo anticipado.

Los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la ley se regirán por la normativa anterior salvo en lo referido a la determinación de los ingresos familiares. En estos casos se les concede la renta básica por seis meses, y luego podrán acogerse a las nuevas convocatorias con una duración de un año.

Los actuales beneficiarios de la normativa modificada también podrán solicitar la renovación hasta el 31 de diciembre de 2014 y en esa fecha volver a solicitarla para la anualidad siguiente. Los beneficiarios de la extinta normativa que estén disfrutando de una primera renovación no podrán solicitar una segunda al finalizar la vigencia de aquella, pero sí volver a solicitar la prestación.

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