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La Audiencia Nacional concluye que Cáceres no debe a la UEX 120.000 por los apartamentos universitarios

EFE

Una sentencia de la Audiencia Nacional ha dado la razón al Ayuntamiento de Cáceres, que no tendrá que abonar a la Universidad de Extremadura (UEx) los 120.000 euros que le reclamaba por gastos de electricidad derivados de los apartamentos ubicados en el campus universitario.

La UEx había presentado un recurso para reclamar este pago y ahora la Audiencia Nacional lo ha desestimado, al considerar que el Consistorio no ha incumplido un convenio de 1991 por el que debía hacer frente a la citada cantidad.

Así lo ha dado a conocer la alcaldesa de Cáceres, Elena Nevado, quien ha mostrado su “satisfacción” por la sentencia, contra la que cabe presentar recurso de casación al Tribunal Supremo (TS), aunque la regidora espera que “el asunto se zanje aquí”. Nevado ha anunciado que tiene una reunión pendiente con el rector de la UEx, Segundo Píriz.

“Esta sentencia clarifica mucho la situación, y esperamos que el asunto se zanje en esta fase, porque queda claro que no hemos incumplido ningún convenio”.

Recurso de la UEX

En el recurso presentado la UEx demandaba que había asumido un gasto de consumo eléctrico en los apartamentos por importe de 120.000 euros, que reclamaba al Ayuntamiento porque en el convenio que se firmó en 1991 para la construcción de los pisos el consistorio se comprometía al mantenimiento de su funcionamiento.

Pero el Ayuntamiento alegó que la gestión de los apartamentos es un servicio impropio de la administración local y que el pago del consumo eléctrico era una obligación de la anterior concesionaria.

También en clave judicial, Nevado se ha hecho eco de una sentencia del Juzgado de los Contencioso-Administrativo 1, que ratifica la sanción impuesta a la empresa concesionaria del servicio integral del agua en Cáceres (Canal de Isabel II) por incumplimiento de contrato.

Este incumplimiento derivó en una sanción municipal que finalmente se quedó en 113.000 euros por incumplir cláusulas del contrato de adjudicación como el número de trabajadores contratados y las inversiones previstas en la mejora de la red de abastecimiento. Canal de Isabel II presentó un recurso en el juzgado, que ahora ha sido rechazado y se le imponen las costas del proceso. La sentencia también es recurrible. 

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