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La Comunidad amplía los permisos excepcionales de caza por los daños causados en los cultivos y el ganado

Europa Press

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El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado este viernes una resolución de la Dirección General de Política Forestal por la que autoriza seis nuevas acciones cinegéticas excepcionales por daños en producciones agrícolas y ganaderas, cinco para jabalí y dos para conejo.

La Junta de Extremadura ha recibido peticiones de protección a la producción agrícola y ganadera del sector primario por los daños producidos por algunas especies cinegéticas ante el incremento de la incursión de fauna cinegética y predadora en sus explotaciones debido, entre otros factores, a la menor presencia humana.

Esto, unido a las recomendaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, provocó la aprobación de la Resolución de 16 de abril de 2020 de Política Forestal por la que se adoptaban medidas excepcionales en materia de autorizaciones administrativas por daños y control de predadores mientras se mantenga la declaración del estado de alarma por el COVID-19.

Esta resolución establecía la prórroga de las autorizaciones de control de predadores, con métodos homologados y vigentes en el momento de la entrada en vigor del estado de alarma y durante el desarrollo de la misma.

Daños en superficies agroganaderas

Se establece un procedimiento para autorizar, con carácter excepcional, la realización de acciones cinegéticas, siempre que las mismas estén destinadas a evitar daños en superficies agroganaderas, con el objeto de que no se dañen los cultivos, ni se propaguen enfermedades entre la cabaña ganadera. En consecuencia, la Dirección General ha resuelto favorablemente seis nuevas solicitudes de acciones cinegéticas, cinco para jabalí y una para conejo, que se suman a las siete autorizadas el pasado 30 de abril.

Éstas se llevarán a cabo en los términos municipales de Higuera de Vargas, Puebla del Maestre, Fuente del Arco, Santa Amalia y Toril, en el caso de jabalí; y en Villafranca de los Barros, por conejo.

Las acciones por daños a producciones agrícolas o ganaderas por la especie jabalí se realizarán en la modalidad de aguardo o espera desde puesto fijo y por un número máximo de dos cazadores.

De igual forma, las acciones por daños a producciones agrícolas o ganaderas producidas por conejo se realizarán mediante la captura en vivo, con la utilización de los siguientes medios: red de corral/red de paso/red de libro con hurones legalizados para colocar en las bocas de las madrigueras y vivares.

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