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Un juzgado obliga a cambiar el nombre de Guadiana del Caudillo en Badajoz

Jesús Conde

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Badajoz ha estimado un recurso del PSOE que obliga al Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo (Badajoz) a cambiar la denominación del municipio y elaborar un catálogo con los vestigios franquistas.

El secretario provincial del PSOE en Badajoz, Rafael Lemus, ha señalado que es la primera sentencia en España que obliga a iniciar los trámites legales para cambiar el “apellido” a un pueblo en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica, y puede sentar jurisprudencia.

Contra el fallo cabe recurso, aunque los socialistas de Badajoz advierten al PP de que, en caso de hacerlo, sería un comportamiento inaudito en democracia.

En este sentido, han criticado el “comportamiento fariseo” del PP en torno a la memoria histórica, teniendo en cuenta que el alcalde de Guadiana del Caudillo y diputado provincial, Antonio Pozo, fue uno de los dos cargos del PP de Extremadura que acudió a una cena organizada por la Fundación Francisco Franco a recoger un premio.

La sentencia

La sentencia es la respuesta a un recurso que presentó el PSOE contra el acuerdo del pleno del 29 de abril de 2016 por el que se rechazaba la moción del Grupo Municipal Socialista para cambiar el nombre de la localidad. En la petición se solicitaba la realización de los trámites para eliminar el topónimo “Caudillo” de la denominación del municipio y se instaba a elaborar un catálogo de los vestigios de la Guerra Civil en el mismo, según ha informado Efe.

Una vez que la sentencia sea firme, el Ayuntamiento deberá proceder a votar el cambio del nombre en el pleno municipal, una vez que haya recibido un informe de la Diputación de Badajoz y que haya sido aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.

Fuentes del PSOE aclaran que en caso de que el pleno vote en contra de la moción que insta a acabar con el topómino franquista (el PP tiene mayoría absoluta) se estaría incumpliendo la Ley de Memoria Histórica.

Retirada de subvenciones

La Junta de Extremadura estudia retirar sus ayudas a los municipios que incumplan la Ley de Memoria Histórica, como ya ha planteado la Diputación de Badajoz.

El portavoz socialista recuerda que se trata de una cuestión que ya ha planteado la Diputación de Badajoz, y que “tiene mucho sentido”. A su juicio si los empresarios o ciudadanos están inhabilitados para recibir ayudas públicas si no están al día con el cumplimiento de la ley, lo mismo sería trasladable a una entidad municipal, en este caso ante una normativa “tan importante desde el punto de vista social”, informa Efe.

El ayuntamiento recurre el fallo

El Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo ha emitido un comunicado en el que anuncia que recurrirá la sentencia al entender que contiene una “contradicción”. Según dice, el fallo alude al decreto de entidades locales para cambiar el nombre, pero “ignorando” que se necesita del acuerdo de pleno de las dos terceras partes o la mayoría absoluta.

“Está claro que en este momento la mayoría del numero legal de Concejales de la Corporación Municipal del Ayuntamiento de Guadiana del Caudillo (PP) no está por la labor de aprobar el cambio de la denominación, por ser algo sustancial al municipio, desde su origen, al no afectar a la Ley de la Memoria Histórica y ser contrario a la libertad ideológica consagrada en la Constitución”, señala el Consistorio, a quien defiende el letrado Milans del Bosch.

Dice el ayuntamiento que una cuestión distinta sería que el catálogo de vestigios franquistas incluyera a la denominación del municipio, en base al artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica.

Los letrados del PSOE no lo entienden así y trasladan a este diario que el cambio de denominación tiene que pasar por pleno, pero como un trámite legal necesario para iniciar el fallo de la sentencia que insta al cambio de la denominación del pueblo.

En todo caso, apunta, no puede aprobarse un acuerdo plenario en contra de una ley que en su artículo 15 recoge que las administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura.

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