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Aplicar una ecotasa por arrojar residuos en vertederos no es nuevo: en 2003 ya anunció lo mismo el Gobierno vasco y hasta ahora

El consejero Arriola charla con los equipos que trabajan en la estabilización del vertedero.

Eduardo Azumendi

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17 años después y con un vertedero derrumbado, el consejero de Medio Ambiente, Iñaki Arriola, anuncia la conveniencia de implantar una especie de ecotasa con la que gravar a las empresas que viertan residuos en los vertederos. La idea es que no les resulte “tan cómodo y tan barato optar por el vertido como hasta ahora” y que se impliquen más en su tratamiento y reciclaje, en palabras de Arriola. Una buena intención si no fuera porque la experiencia ha demostrado que ningún Gobierno vasco ha sido capaz de llevarlo a la práctica. El Departamento de Medio Ambiente ya hacía alusión hace a este impuesto verde en el Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Euskadi 2003-2006, es decir, hace casi 17 años. Entonces, el País Vasco generaba anualmente 290.000 toneladas de este tipo de desechos. Y el 68 % de ellos era depositado en vertederos controlados, mientras el resto se reaprovechaba.

En la actualidad, Navarra ha incluido esta medida dentro de su plan de residuos, y de la Ley foral de Residuos, aprobada en la legislatura pasada. Y en el contexto autonómico, Cataluña fue la comunidad autónoma pionera en España en la aplicación de cánones de vertido e incineración de residuos municipales e industriales. Y sigue siendo la única comunidad que grava el segundo concepto.

En aquel Plan de Gestión de Residuos Peligrosos de Euskadi 2003-2006, Medio Ambiente (dirigido por Eusko Alkartasuna) señalaba que se debe tener en cuenta “la introducción de una nueva figura impositiva” que grave el depósito de residuos en los vertederos con el objetivo de “desincentivar el vertido, propiciar alguna reducción de residuos y alentar la canalización de estos hacia su aprovechamiento y reciclaje”. La tasa revertiría de manera prioritaria en los municipios en los que estén ubicados los depósitos.

Pero ahí se quedó, al igual que en los sucesivos planes de gestión de residuos de los partidos que han dirigido la cartera de Medio Ambiente en Euskadi. Por ahí han pasado Eusko Alkartasuna, el Partido Socialista y el PNV. Todos con parecidas intenciones.

Las empresas ya pagan una tasa por depositar sus residuos, pero solo incluye aspectos como el coste de amortización de las instalaciones, el salario de los trabajadores o el tratamiento de los desechos. El nuevo impuesto (cuando se materialice) incorporaría el coste ambiental.

Julen Rekondo, experto en temas ambientales, Premio Nacional de Medio Ambiente y Premio Periodismo Ambiental del País Vasco 2019, tiene claro que “los impuestos sobre el vertido son clave para la implementación de dos principios básicos en gestión de residuos: el principio ‘quien contamina paga’ y la jerarquía de residuos”.

Según Rekondo, el mercado no es capaz de generar precios para el vertido que integren los costes sociales y ambientales, por lo que la aplicación de un impuesto contribuye a la internalización de dichos costes. Por otro lado, “la jerarquía de residuos indica el siguiente orden de prioridades de gestión: prevención; preparación para la reutilización; reciclado; otros tipos de valorización (por ejemplo, la valorización energética) y eliminación”.

Un impuesto que eleve los costes totales del vertido contribuye, según Rekondo, a corregir el coste relativo del vertido (generalmente la opción más barata) con respecto al del resto de opciones y por tanto a promover las opciones prioritarias en la jerarquía de residuos.

Se trata de un impuesto de común aplicación en otros estados de la Unión Europea, pero, no en España, que cuenta con un retraso general importante en lo referido a fiscalidad ambiental (ocupa el lugar 25 de 28 en cuanto al peso de los impuestos ambientales sobre el PIB). De hecho, la Unión Europea ha llamado la atención sobre este aspecto. E incluso hay recomendaciones específicas de la Comisión Europea donde se alude directamente a la necesidad de implantar un impuesto al vertido a escala estatal como medida central para aumentar el reciclaje.

“Este gravamen ha demostrado su efectividad para la disminución del vertido e incineración de residuos en masa desde su introducción en 2004, así como el incremento en los niveles de recogida selectiva y reciclaje en Cataluña, en particular de la fracción orgánica de los residuos municipales”, remata Rekondo.

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