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Los presos de ETA fían el final de la dispersión a la batalla judicial en el Tribunal de Estrasburgo

Una concentración en el País Vasco para reivindicar el fin de la dispersión

Aitor Guenaga

La batalla sobre la dispersión de los presos de ETA se libra en las calles vascas, pero también en los tribunales. Junto a las decisiones personales que cada preso de ETA vaya adoptando en los próximos meses en relación a la legalidad penitenciaria para acceder a beneficios en la cárceles (progresiones de grado, libertad condicional, etc), su equipo de abogados ha decidido trasladar la batalla contra la política de dispersión de los 360 reclusos etarras al Tribunal de Justicia de Derechos Humanos de Estrasburgo.

La letrada del exjefe militar de ETA en los 90 José Javier Arizkuren Ruiz 'Kantauri', Amaia Izko, ha llevado el caso de su dispersión ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. La Audiencia Nacional, así como los tribunales Supremo y Constitucional han resuelto en numerosas ocasiones que no se ha producido ninguna vulneración de derechos fundamentales como los de defensa, el de comunicación o visita de sus familiares o el de asistencia médica y de acceso a la cultura, entre otros. Y que que “no existe entre los derechos reconocidos a los internos por la legislación penitenciaria, ni desde luego en la Constitución, el derecho a ser destinado o mantenido en un determinado centro penitenciario, ni siquiera a uno próximo al del lugar de residencia”.

Los abogados de los presos de ETA creen, sin embargo, que hay posibilidades de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tumbe esas interpretaciones y se repita lo sucedido con la doctrina Parot, cuando Estrasburgo obligó a España a excarcelar a más de 80 presos -más de 50 de ETA- a los que se les había alargado de manera irregular desde febrero de 2006 la estancia en prisión de los etarras con condenas más altas por múltiples crímenes y de peligros delincuentes. Fue precisamente la abogada Amaia Izko la que ganó esa batalla legal y la que aspira ahora a conseguir una segunda victoria en las instituciones judiciales europeas, una especie de 'doctrina Parot dos'.

Kantauri, a quien el juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco ha procesado por ordenar el asesinato en julio de 1997 del concejal del PP en Ermua (Bizkaia) Miguel Ángel Blanco, ha pasado por diversas cárceles españolas desde que fue detenido en Francia en marzo de 2009, entre ellas las de Sevilla y Cádiz. Está en cárceles españolas desde que fue entregado por la Justicia francesa el 7 de noviembre de 2006. En la actualidad se encuentra recluido en el penal de Murcia. 

Su petición de acercamiento a cárceles vascas fue rechazado en primera instancia por Instituciones Penitenciarias, después contó con la denegación del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, que dirige José Luis de Castro, y, después, con la oposición de los magistrados de la Audiencia Nacional. “Es el primer caso rechazado por el Tribunal Constitucional y el primero que ha visto denegada todas las vías judiciales internas, es el primero que se ha presentado ante el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Pero la lista va a superar con creces el centenar y los casos se irán presentando en el tribunal europeo según salgan las resoluciones del Constitucional”, adelanta Izko en conversación con eldiarionorte.es.

La abogada del preso del exjefe militar etarra basa su demanda en que la dispersión “vulnera el respeto al derecho de su vida familiar”, previsto en el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. “La dispersión ha limitado completamente el derecho de Josetxo Arizkuren a las comunicaciones con su familia: su padre no ha podido verle más de dos o tres veces en estos años y su madre falleció y solo le vio una vez. Su hijo, que es joven, puede estar cada tres meses”, explica.  

“Un obstáculo que ni es legal, ni está justificado”, argumenta. “Es ilegal porque no tiene apoyo en la legislación española y no está justificado porque esa necesidad en su aplicación para la lucha contra ETA ya no se sostiene”, después de los más de cinco años transcurridos desde que la organización terrorista decretara el final de su actividad armada.

200 juristas y profesores universitarios

“Algunas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo han subrayado el derecho de los presos a cumplir condena en centros próximos a su domicilio habitual. Sin embargo, una y otra vez, las autoridades políticas y judiciales españolas evitan aplicar las decisiones del Tribunal europeo en todo aquello que se refiere a los presos y presas vascos. Así sucede al mantener la política de alejamiento que convierte las visitas en muchos casos irrealizables, especialmente cuando se trata de personas mayores o de niños de corta edad”, mantiene el exdecano del colegio de abogados de Bilbao Nazario Oleaga, firmante junto a otros 200 juristas y profesores universitarios de un documento en el que se denuncia esta situación.

Pero las sentencias del Tribunal de Estrasburgo a las que se refieren este grupo de juristas -que forman parte de los argumentos jurídicos y la jurisprudencia invocada por la abogada Amaia Izko en su demanda contra el Reino de España para acabar con la dispersión- ya han sido valoradas por la justicia española. En octubre de 2015, la Sala Primera de la Audiencia Nacional, presidida por el magistrado Fernando Grande-Marlaska, al rechazar los recursos de una veintena de presos de ETA, señaló que “en este caso ninguna vulneración de derechos fundamentales con cobertura constitucional, u ordinaria, tanto a nivel nacional como internacional, se ha producido, ni se han contravenido la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ni de ningún otro”. Y, en concreto, sobre las sentencias de Estrasburgo que analizaba un caso de Rusia en la que se dio amparo al recurrente -el caso Khodorkovsky y Lebedev, de octubre de 2013- o la sentencia Vintman contra Ucrania, de 23 de octubre de 2014- se considera que había muchas diferencias con los planteados por los reclusos etarras: por un lado no estaban presos por delitos terroristas, y además las autoridades no habían tenido en cuenta hechos como la situación de avanzada edad y enfermedad de la madre del recurrente, “ni la situación personal del recurrente, ni tampoco su interés por estar cerca de sus familiares, lo que convierte la medida de alejamiento en contraria al Convenio de Derechos Humanos”, argumentaba Grande Marlaska en la resolución de la Sala que preside.

En cualquier caso, el propio Comité de Ministros del Consejo de Europa indicó en 2015 tras esas dos sentencias del tribunal de Estrasburgo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos “no ha estimado que España viola la Convención a causa de que los detenidos españoles no hayan sido internados en establecimientos situados en lugares próximos a sus familiares”. Algo que ahora la demanda planteada por la letrada Izko en representación del etarra Kantauri quiere echar por tierra. 

Políticamente, el Gobierno de Mariano Rajoy mantiene su negativa a variar la política de dispersión sobre los 360 reclusos de ETA mientras la organización terrorista no se disuelva. Fue la frase que más repitió el anterior ministro del Interior en relación a los reclusos etarras, Jorge Fernández Díaz, y que ha hecho suya desde el inicio de su mandato su sucesor al frente del citado ministerio, Juan Ignacio Zoido. Y el deshielo iniciado en las relaciones entre el PNV y el PP en esta nueva legislatura sin mayorías absolutas no ha tocado este espinoso asunto, según confirman dirigentes de ambos partidos.

Hace cinco años, cuando ETA cesó su actividad terrorista, había 665 presos y presas etarras en las 71 cárceles. Hoy son 360, según los últimos datos ofrecidos por la red de apoyo a los presos Sare, convocante de la marcha de este sábado en Bilbao. En octubre de 2011 había 70 presos a los que se les “aplicó una doctrina de excepción para evitar su libertad aún habiendo cumplido su condena”, denuncia Sare. Hoy, cinco años después, son “48 los presos a los que afecta el que no se les compute la condena cumplida” en las cárceles francesas, como  ha reiterado el Tribunal Supremo en el caso Pikabea. Por no hablar de los presos etarras con enfermedades graves que deberían estar ya en la calle, actualmente diez, según denuncia Sare.

Mientras, los presos etarras nucleados en torno al colectivo del EPPK han admitido que van a comenzar a aceptar la legalidad penitenciaria para poder cambiar de grado, obtener beneficios penitenciarios o excarcelaciones anticipadas, algo que la dirección de ETA a través del 'frente de makos' había prohibido taxativamente y que solo el núcleo de presos irreductible y el Movimiento Pro Amnistia (ATA) consideran una estrategia equivocada que les convierte en “rehenes del Estado”. Aunque, como señala en un artículo de opinión el abogado y profesor de Derecho Penal Xabier Etxebarria, “difícil será acceder a la libertad anticipada sin ”cuestionar el valor y la dignidad de su trayectoria“ terrorista. Sin mencionar el enorme daño que ello genera a la verdad, a la convivencia y a los valores sociales compartidos”.

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