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La Audiencia de Bizkaia absuelve a los cuatro guardias civiles acusados de torturas

Sandra Barrenetxea (derecha), junto a su abogada, Jone Goirizelaia.

Aitor Guenaga

La Audiencia de Bizkaia ha absuelto a los cuatro guardias civiles acusados de torturas y tratos degradantes a Sandra Barrenetxea, exdirigente de Ekin detenida en 2010 en una operación contra ETA realizada por el instituto armado.

El tribunal, formado por los magistrados Alfonso González Guija, Jesús Agustín Pueyo Rodero y Reyes Goenaga Olaizola, considera que no se ha probado la acusación de torturas de las que venían siendo acusados los cuatro miembros del instituto armado, ni las torturas han quedado acreditadas. De hecho, en la resolución, de 46 páginas, el tribunal apunta que los actos descritos por Barrenetxea tienen “fuertes componentes o elementos de inverosimilitud basada en la propia ilógica del comportamiento o acto puntual que describe”.

El fallo apunta que “con carácter general” el relato de Barrenetxea sobre cómo fue trasladada a Madrid, los “reiterados golpes que sufrió durante el referido trayecto” y las “amenazas, insultos, golpes, actos de violencia en forma de asfixia, de sometimiento a la realización de posturas forzadas y actos de contenido sexual con tocamientos en los pechos, incluso con objetos, tras haber sido desnudada de forma violenta” son inverosímiles para el tribunal.

Y añade la Sala que “aprecia fisuras en la persistencia de la declaración incriminatoria” contra los cuatro guardias civiles “que se revelan bien a modo de importantes contradicciones, o bien a modo de lagunas u olvidos significativos”. “Nos resultan muy evidentes las contradicciones en las que incurre”, concluye la sala, “y no apreciamos que se expliquen por las situaciones de bloqueo mental que dijo padecer” Barrenetxea.

La sentencia absolutoria, de la que ha sido ponente el magistrado Alfonso González-Guija, también señala que “con carácter general” en los sucesivos informes del médico forense no “se aprecia la existencia de elementos periféricos y objetivos que corroboren la versión inculpatoria” de Barrenetxea. Como tampoco de las manifestaciones de la psicóloga vertidas en la prueba pericial practicada basada en cuatro entrevistas con la denunciante.

“¿Por qué no se lo contó al médico forense?”

Y se pregunta la Sala, cómo es posible que la detenida no refiriera en las entrevistas ante el forense la mayor parte de las vejaciones y torturas que luego sí denunció ante los tribunales justo un mes después de su arresto. “Nos encontramos ante el suceso inexplicable provocado por la conducta de la propia denunciante, quien contando con las posibilidades de narrar su situación ante un profesional de la Administración de Justicia, sin embargo no lo hace y no lo hace por causas exclusivamente dependientes de su voluntad”. De hecho, el tribunal recuerda en la sentencia que el forense testificó en la vista oral que la detenida “se mostraba orientada, tranquila y con discurso sereno”.

El tribunal rechaza las pretenciones de la defensa de los encausados de deducir testimonio por la posible comisión de un delito de denuncia falsa. “No tenemos prueba indiciaria de que la denuncia formulada por Barrenetxea sea falsa”, zanjan los magistrados. “Ni hemos valorado que los hechos denunciados sean totalmente imposibles y, por tanto, falsos, sino lisa y llanamente, reiteramos, que su declaración como medio probatorio no tiene entidad suficiente para desvirtuar el principio de presunción de inocencia de los encausados, lo que evidentemente son conceptos distintos”.

Barrenetxea reconoció a tres guardias

La sección primera de la Audiencia de Bizkaia juzgó el pasado mes de marzo a cuatro guardias civiles acusados de un delito de “tratos degradantes” a Sandra Barrenetxea, arrestada en 2010 en un operativo policial contra la organización Ekin. Ni la Fiscalía ni la abogacía del Estado acusaron a los miembros del instituto armado al entender que no hubo delito en la actuación de los agentes.

Barrenetxea reconoció a tres de los cuatro guardias civiles a los que acusaba de las torturas. Según aseguró en la vista, uno de ellos fue el que la puso “encima de una mesa durante un interrogatorio” y “amenazó” con violarla. “Me dijo, de aquí no sales, y si no colaboras te voy a violar”. Por contra, los guardias civiles negaron las acusaciones de torturas y ratificaron durante el juicio que el trato a la detenida fue “correcto”.

Se da la circunstancia de que este juicio se celebró después de sucesivos archivos durante la instrucción. Sandra Barrenetxea, cuyo testimonio durante la vista oral fue muy contundente, consiguió finalmente sentar en el banquillo de los acusados a los cuatro miembros del instituto armado después de que, en febrero de 2015, la Sección Sexta de la Audiencia de Bizkaia estimase la apelación interpuesta por la letrada de Barrenetxea contra el tercer archivo decretado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Bilbao. Este juzgado archivó la causa en junio de 2012, un año después, en junio de 2013, y, finalmente, en noviembre de 2014.

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