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La Justicia tumba la subida de sueldo a los mandos de la Ertzaintza: “No se justifica qué funciones se hace preciso remunerar”

Mandos de la Ertzaintza, en un acto oficial

Iker Rioja Andueza

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en una sentencia fechada a 29 de enero firmada por los magistrados Ángel Garrido, María Josefa Artaza y José Antonio González, ha tumbado las subidas salariales aplicadas a los mandos de la Ertzaintza a través de un decreto aprobado en 2017 y que perseguía compensar las polémicas dietas por desplazamiento y gastos cobradas durante años de manera generalizada y que, según el Tribunal de Cuentas, constituían sobresueldos irregulares. El sindicato Sipe fue en su momento el que denunció las anomalías en torno al pago de dietas y quien ha logrado esta nueva victoria judicial en la sala de lo contencioso-administrativo del más alto tribunal vasco, aunque no pudo sacar adelante un procedimiento penal sobre los mismos pagos.

Como publicó este periódico en 2017, el Departamento de Seguridad que dirige Estefanía Beltrán de Heredia previó un nuevo “complemento de jefatura” que para los 158 superintendentes, intendentes, comisarios y subcomisarios del cuerpo supuso una subida salarial mensual de alrededor 278 euros, más que el 1% de mejora general que se aplicó en aquel año al conjunto de los funcionarios. Informes internos cifraban en 527.088 euros anuales en la mejora salarial. Respondía así a las quejas de la cadena de mando del cuerpo, que llegó a amenazar con una “dimisión generalizada” si no había compensaciones ya que la investigación sobre las dietas les obligó a regularizar pagos ante Hacienda.

El Gobierno ya conocía de antemano la existencia de algunas dudas jurídicas sobre este decreto. Concretamente, el letrado Asier Undabarrena, asesor de los servicios jurídicos centrales -que dependen del área de Josu Erkoreka y no de Seguridad-, subrayaba que “sería aconsejable que se especificara de manera algo más detallada lo que se va a retribuir” realmente. Es justamente ése el argumento que lleva al Tribunal a anular el complemento de jefatura, ya que interpreta que es una subida salarial que se disfraza de un complemento que abona gastos que o bien no tienen que ser pagados o bien ya están retribuidos dentro del complemento específico.

“Se trata, en suma, de remunerar a determinadas categorías por el desempeño de potestades de jefatura”, indica el fallo judicial. Y añade que no se puede premiar a los mandos policiales y pagarles gastos que el resto de trabajadores rasos tienen que costear de su bolsillo. “Todos los empleados tienen similar necesidad de acudir al trabajo, volver a su domicilio y procurarse alimentos y estancia. Son necesidades que, en principio y como regla general, ninguna relación guardan con la mayor o menor responsabilidad y/o dedicación en el desarrollo de su actividad”, abunda la resolución. Y sigue: “Que no se olvide, ya se retribuía las funciones de responsabilidad y disponibilidad que son innatas [...]. No se justifica qué funciones concretas de jefatura ajenas a las que ya estaban remuneradas se hace preciso remunerar o incrementar”.

Recurso ante el Supremo

Seguridad, en todo caso, puede intentar dar la vuelta a la sentencia. Existe un plazo de treinta días para elevar el caso al Tribunal Supremo a través de un recurso de casación. Fuentes de este Departamento manifiestan su sorpresa por el fallo. “Tanto los servicios jurídicos centrales del Gobierno como los servicios jurídicos del propio Departamento están estudiando la manera más adecuada de presentar el recurso de casación correspondiente. La decisión de incorporar un concepto retributivo a la nómina de la escala superior y ejecutiva de la Ertzaintza contó con la habilitación legal necesaria a través de la disposición adicional 15 de la Ley 2/2017 de 11 de abril de Presupuestos 2017”, enfatizan para añadir que esta subida salarial fue tramitada “con todos los informes preceptivos favorables de los servicios jurídicos del Departamento de Seguridad, de Función Pública, de la Oficina de Control Económico [OCE] y de la Comisión Jurídica Asesora”.

“Su aplicación en la nómina de la escala superior y ejecutiva de la Ertzaintza -añaden estas fuentes- formó parte de un proceso complejo de regularización de determinadas contraprestaciones de carácter más retributivo que indemnizatorio, siguiendo las recomendaciones de los informes de auditoría de la Oficina de Control Económico (OCE)”.

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