Archivada la denuncia por delito electoral que el PSOE presentó en mayo en Casares de Hurdes
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Plasencia ha archivado la denuncia que puso el PSOE el pasado mes de mayo por el supuesto caso de fraude electoral en el municipio cacereño de Casares de las Hurdes, ya que no existió privación en la libertad de voto según el tribunal.
Fue el pasado 25 de mayo cuando se incoaron diligencias judiciales previas a raíz de la denuncia del PSOE contra el entonces candidato número dos por el PP a las elecciones municipales y teniente de alcalde de Casares, Miguel Ángel Domínguez Duarte.
Los socialistas señalaban en su escrito de acusación que el teniente de alcalde popular entró en una vivienda y se llevó dos votos por correo de dos ciudadanos.
La Fiscalía Provincial consideró entonces que los hechos podrían revestir caracteres de un delito de coacciones, mientras que, por su parte el alcalde del municipio, José María Martín Iglesias (PP), restó importancia a la acusación y señaló que se trataba de una denuncia política.
La denuncia hacía referencia a esas supuestas coacciones a varios electores “para que voten a favor de su partido”.
Se quejaban los socialistas de que Domínguez había acudido al domicilio de Marwin Saúl Ramírez López, “pidiendo que le dieran el voto por correo que había recibido esa misma mañana”, según recogía el escrito de la Fiscalía Provincial, que remitió las diligencias del caso a la sección territorial de Plasencia.
El juez estima ahora que, “si bien es cierto que se personó en el domicilio requiriéndole la entrega de determinada documentación, y que se la llevó (como se deduce del vídeo existente en las actuaciones), esa documentación se trataba de una carta comunicando que no podía tramitarse su solicitud de voto por correo al no figurar inscritos en el censo electoral”.
El auto incluye las declaraciones de las personas supuestamente coaccionadas por el edil popular, y afirma que éste “no le ofreció a cambio de su voto algún beneficio, recompensa o promesa”.
Así, el juez estima que “los sobres que se llevó del domicilio el denunciado no contenían ningún voto, y no resulta acreditada que la voluntad de éste fuera apoderarse de ellos”.
Contra esta decisión judicial cabe interponer recurso ante instancia judicial superior.
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