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El TSJEx obliga al SES a corregir el examen de una opositora que no lo identificó

Opositores en un ejercicio, foto de archivo

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La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEX) ha obligado al Servicio Extremeño de Salud (SES) a corregir el examen de una opositora que no entregó la hoja de identificación. 

Al rechazar el recurso de la Junta confirma así la sentencia previa del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Badajoz que daba la razón a esta opositora que no entregó junto a la hoja de respuesta de la prueba la hoja de identificación, motivo por el que no fue corregido su examen.

La sala obliga por tanto al SES a corregir la prueba al considerar que el único examen no identificado tiene que ser necesariamente el de esa mujer, y por tanto al no haber dura debe de corregirse y atribuírsele a ella.

Ya que queda sólo un examen sin corregir de los 4.172 aspirantes presentados, y habiéndose comprobado que la opositora estaba en el aula en donde faltaba dicha hoja de identificación, “solamente puede existir una conclusión y es que el examen de la parte demandante tiene que ser corregido”.

El ejercicio disponía de una hoja donde se recogían los datos de identificación del opositor y otra hoja de respuesta con el contenido del ejercicio, pudiendo ser vinculadas por el código de barras.

En este sentido la sentencia indica que “comprendemos que inicialmente no se corrigiera el examen de la parte apelante debido a que no constaban los datos de identificación en la hoja”, lo que impedía conocer la identidad de la opositora en relación a la hoja de respuesta.

La sentencia no es firme y la Junta podría recurrir en casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

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