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El director de la televisión gallega declarará ante el juez por descalificar a una periodista que denuncia censura

Sánchez Izquierdo, junto a Núñez Feijóo en la sede de la CRTVG

Miguel Pardo

El director general de los medios públicos gallegos deberá comparecer ante la Justicia tras la demanda de una trabajadora de tutela de derechos fundamentales e indemnización por daños y perjuicios contra la Compañía de Radio Televisión de Galicia (CRTVG) y que acaba de ser admitida a trámite. Alfonso Sánchez Izquierdo, máximo responsable de la corporación, comparecerá el próximo 9 de enero en los juzgados de Santiago de Compostela por un caso que tiene su origen en la denuncia del comité de empresa, después de que responsables de la radio impidiesen a la periodista señalar la filiación al PP de un detenido por yihadismo.

Después de esa nueva denuncia de manipulación en los medios públicos gallegos hecha pública a principios octubre -realizada a través del protocolo marcado por los trabajadores-, Sánchez Izquierdo compareció a finales de ese mes en la comisión parlamentaria permanente de control de la CRTVG y respondió, entre otras, a una pregunta del grupo socialista sobre las informaciones que advertían de la posible censura aplicada a la periodista en aquella información.

Es la intervención de Sánchez Izquierdo la que motiva la denuncia presentada por la trabajadora. Según la demanda, a la que ha tenido acceso este diario, el director general de la CRTVG “se excede de sus funciones” en la intervención -accesible y pública a través de la web del Parlamento- al “revelar datos protegidos” y llevar a cabo “una serie de acusaciones de transgresión del régimen disciplinario empresarial y un continuo menoscabo de su honor profesional en una diatriba atentatoria de sus derechos fundamentales”.

En la intervención, y según el abogado de la demandante, Sánchez Izquierdo revela “hasta tres veces” la condición de afiliada sindical de la trabajadora y la “descalifica” por su “carácter de trabajadora en prácticas”. “Es importante para el caso que nos ocupa destacar que la denunciante tiene la condición de redactora en prácticas; y la persona denunciada tiene 17 años de experiencia, también es trabajadora de la tele y en estos 17 años no tuvo ninguna queja, ninguna amonestación por esta o por ninguna otra cosa en su historial laboral”, dijo el máximo responsable de la CRTVG en comisión.

Según había denunciado el comité de empresa, la periodista elaboró el pasado 6 de septiembre una pieza para un informativo sobre la desarticulación de una célula terrorista en Marruecos y Sevilla. Cuando la trabajadora locutaba la noticia en directo en el estudio, y justo antes de la lectura de un párrafo en que informaba de que el presunto líder de la célula “había sido afiliado del PP de Melilla”, una responsable del programa le ordenó no leer esa referencia, orden que la redactora, que vio interrumpido su trabajo de manera brusca y sorpresiva, acató.

En su comparecencia, Sánchez Izquierdo, según el abogado denunciante, “acusó a la trabajadora amparada de insubordinación laboral y graves ofensas a compañeras de trabajo” y de “desconocimiento o mentir sobre las normas deontológicas”, además de “revelar informaciones falsas o manipuladas” de sus redes sociales.

Por todo eso, la demanda entiende que el máximo responsable de los medios públicos gallegos “vulnera varios derechos fundamentales” de la periodista durante su intervención pública, como el de “tutela judicial efectiva, derecho a la libertad sindical y a la intimidad”, además de llevar a cabo “un permanente desprecio al honor y a la dignidad de la trabajadora.

Así, en la denuncia se solicita que se condene al demandado a una indemización por daños y perjuicios por una cuantía de 105.000 euros y al director general a leer la sentencia en la próxima comisión de control parlamentario de la CRTVG, así como a que el auto se publique en la intranet de la compañía para que sea remitido a toda la plantilla.

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