La Rioja adelanta al 1 de julio la temporada de alto riesgo de incendios: estas serán las restricciones
Las novedades que presenta la nueva Orden STE/23/2023, de 27 de abril, sobre prevención y lucha contra los incendios forestales publicada en el Boletín Oficial de La Rioja del pasado viernes incluye el adelanto de 15 días para la época de alto riesgo de incendios, que comenzará este año el 1 julio, como medida de adaptación a las circunstancias que estamos viviendo consecuencia del cambio climático.
La Rioja cuenta con un contingente estable de 255 profesionales que trabajan en tareas de prevención y extinción y para los que se ha mejorado sus condiciones laborales, y también con un medio aéreo propio.
Este dispositivo funciona todo el año y, en el periodo de alto riesgo de incendios en verano, se refuerza hasta los cerca de 350 profesionales.
Estos refuerzos, adelantan ahora su entrada en servicio para poder disponer con antelación de estos recursos como las 15 torretas de vigilancia repartidas por el territorio junto a más de 13 cámaras de detección y su personal; la patrulla de acción rápida (Carif) ampliada, que acompaña al helicóptero; los retenes de refuerzo de los bomberos forestales; así como los equipos de maquinaria pesada tipo buldozer y su transporte, que estarán operativos desde el 1 de julio.
Además, la nueva Orden establece los avisos de nivel de riesgo de incendio de la AEMET (Agencia Estatal de Meteorología) como referencia para establecer las limitaciones de usos del fuego, de material agrícola y forestal o de pirotecnia.
Las medidas preventivas se deberán adoptar de forma automática, mediante la publicación en el BOR resoluciones que especificaran las limitaciones preventivas acompañando a cada nivel de riesgo emitido por la AEMET.
De hecho así lo establece el Real Decreto 15 /2022 que modifica la Ley nacional de Montes, de 1 de agosto de 2022, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de incendios forestales. En su artículo 6 que establece lo siguiente:
“Cuando, de acuerdo con la información meteorológica de la Agencia Estatal de Meteorología, sea predecible en un determinado ámbito territorial un riesgo de incendio de nivel muy alto o extremo, las comunidades autónomas deberán aplicar inmediatamente las prohibiciones y limitaciones de circulación y acceso establecidas en sus de planes de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales y, en todo caso, las siguientes:
Encender fuego en todo tipo de espacios abiertos.
La suspensión temporal, en tanto se mantenga el referido riesgo, de todas las autorizaciones concedidas de quema de rastrojos, de pastos permanentes, de restos de poda, y de restos selvícolas.
Encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, así como en zonas recreativas y de acampada, incluidas las zonas habilitadas para ello.
La utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos, cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas, salvo que el órgano competente de la Administración autonómica haya autorizado expresamente su uso o resulten necesarias para la extinción de incendios.
La introducción y uso de material pirotécnico.
Arrojar o abandonar objetos en combustión o cualquier clase de material susceptible de originar un incendio.
Otro aspecto que se introduce para esta campaña de alto riesgo de incendios es el aumento de la protección de viviendas, infraestructuras o masas forestales, para las que se marca un perímetro de seguridad en el que habrá que mantener fajas donde se prohíbe el acúmulo de restos o materiales que pudieran ser inflamables.
Este perímetro de seguridad en torno a las viviendas, pabellones u otras infraestructuras se amplía en la nueva orden de incendios para las morenas de paja que se prohíbe situar a menos de 200 metros, a la vista de lo ocurrido en los incendios del año pasado en Torrecilla sobre Alesanco, en los que, tras extinguirse el incendio, hubo que mantener el dispositivo durante casi 48 horas mientras ardía una morera a escasos metros de un pabellón agrícola y varias viviendas.
En La Rioja, dos tercios del territorio es forestal y somos la Comunidad Autónoma con más árboles por hectárea de toda España. Además, un 40% del territorio corresponde a los Montes de Utilidad Pública que son gestionados directamente por la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía.
Para cuidar y proteger nuestros bosques invertimos más de 8 millones de euros en prevención y extinción de incendios, de los que 3 de cada 4 euros se dedican a la prevención.
También se contemplan como herramientas útiles para luchar contra los incendios y contra el cambio climática que los agrava leyes como la nueva Ley de Biodiversidad y Patrimonio Natural de La Rioja, la de creación de la Agencia Riojana de Transición Energética y Cambio Climático (ARTECC), el proyecto de ley de Cambio Climático de La Rioja o el Plan Riojano de Adaptación al Cambio Climático (PRACC), elaborado por el Gobierno y en estado de evaluación ambiental. Leyes e iniciativas que luchan contra el cambio climático, la pérdida de biodiversidad y establecen las bases para paliar sus efectos.
Ayudas a municipios para desbroces y eliminación de restos leñosos
Aunque un 40% del territorio de La Rioja corresponde a montes de utilidad pública, que gestiona directamente la Consejería, también apoyamos a nuestros municipios en la prevención de incendios de los montes de su competencia.
Hace una semana se aprobaban las subvenciones para ayuntamientos y particulares para la prevención de incendios forestales mediante desbroce, clareos, y eliminación de restos vegetales.
Este año se ha aumentado la cuantía para los ayuntamientos un 28% hasta los 770.000 euros, con un aumento de la inversión del 55% respecto al inicio de legislatura.
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