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La Audiencia Provincial de Madrid archiva definitivamente la querella de Cifuentes contra Granados

La expresidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, en una imagen de archivo

elDiario.es

EFE —

El exconsejero y secretario general del PP en la Comunidad de Madrid, Francisco Granados, no cometió delito de injurias y calumnias al afirmar que la expresidenta de la Comunidad de Madrid, Cristina Cifuentes, estaba al corriente de la caja B del PP. Así lo ha determinado la Audiencia Provincial de Madrid, que ha archivado el recurso de apelación que presentó Cifuentes sobre su querella contra Granados al no observar delito alguno en la actuación del exsecretario general del PP.

La sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid confirma así la resolución del Juzgado de Instrucción número 4 de Madrid que, el 3 de mayo de 2018, archivó la causa contra Granados.

Cifuentes se querelló contra el dirigente del PP después de que este dijera al juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón –en el marco de la investigación de la trama Púnica– que la presidenta conocía una caja B del PP madrileño con la que se pagaron gastos de “refuerzo” de las campañas de Esperanza Aguirre en 2007 y 2011 y que tenía una relación muy estrecha con el expresidente de Madrid Ignacio González.

Tal como ha adelantado la Cadena Ser, la Audiencia tampoco ve delito en que Granados haya afirmado que la expresidenta madrileña tenía conocimiento de estos hechos delictivos porque mantenía una relación con González.

Confirman la resolución del juzgado de instrucción

La titular del juzgado de instrucción que archivó el asunto consideró que la conducta del querellado no era encuadrable en los delitos que se le atribuyen, que son los de trato degradante y calumnias e injurias.

La jueza no compartía las razones que invocaba Cifuentes para sustentar la atribución del delito de trato degradante en los comentarios de Granados sobre “la pretendida relación sentimental (de dos personas casadas y con familia) y unos pretendidos delitos para atentar contra la dignidad de una mujer”.

“Dichos comentarios no pueden valorarse como una acción de descalificación, humillación, envilecimiento de la entidad o gravedad exigida por la doctrina y la jurisprudencia del tipo penal” de trato degradante, según la resolución, en tanto que argumentó que el exconsejero se limitó a relatar y repetir ante los medios de comunicación lo que había declarado ante la Audiencia Nacional.

Ahora, la Audiencia Provincial de Madrid comparte el criterio de la juez instructora y entiende que las razones que llevaron a esta a archivar las actuaciones son las mismas y que, como ya dijo ésta, los hechos denunciados no son constitutivos de delito.

De esta forma, la causa queda archivada de forma definitiva, puesto que no cabe recurso contra el auto de la Audiencia Provincial.

Esta misma semana la Fiscalía de Madrid ha pedido tres años y tres meses de cárcel para Cifuentes por sus maniobras para salvar su “honorabilidad” y “reputación” en el marco del caso Máster. La expresidenta exhibió un documento falsificado para defender que había obtenido su máster en la Universidad Rey Juan Carlos sin ningún tipo de irregularidad.

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