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Un juez anula el decreto con el que Madrid limitó el tráfico en Gran Vía al no responder al “interés general”

La Gran Vía de Madrid este viernes tras el cierre al tráfico.

EUROPA PRESS

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid ha anulado el decreto del Ayuntamiento de Madrid por el que se establecieron medidas de restricción de tráfico en la Gran Vía en las pasadas navidades, al tiempo que ha tildado la propuesta de “precipitada” y de no responder al interés general.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, establece, además, la condena al Ayuntamiento a asumir las costas del proceso, tras el recurso presentado por UNO Organización Empresarial de Logística y Transporte, en el que defienden que dicho decreto “vulnera la garantía de las comunicaciones postales y los derechos de los usuarios”.

El Ayuntamiento respondió a este recurso defendiendo que tienen el “principio de autonomía local de refrendo constitucional” por su condición de capital del Estado y sede de instituciones generales, lo que les atribuye, a su juicio, un “tratamiento legal especial” en materia de competencias de infraestructuras, movilidad, seguridad ciudadana y régimen jurídico y procedimiento.

El Consistorio defendió, además, que “en modo alguno” se prohibió la circulación por la ciudad, ni siquiera por la Gran Vía, como aseguran desde UNO, sino “la regulación de los horarios de circulación, en definitiva, la ordenación temporal y justificada de la circulación en la citada vía pública”, algo que “no infringe la doctrina jurisprudencial”.

En los fundamentos jurídicos de la sentencia, el magistrado reconoce que el Ayuntamiento “puede promover toda clase de actividades y prestar todos los servicios públicos que afecten al interés general de los ciudadanos y no estén expresamente atribuidos a otras administraciones públicas”.

Sin embargo, el juez estima que ha contradecido competencias atribuidas al Estado o las Comunidades Autónomas, “restringiendo el tráfico por medio de vehículos de motor de distribución de envíos postales y mercancías”, lo que “no atiende a un interés general sino pretende ganar espacio para los peatones, solo una parte de la colectividad afectada”.

Además, el magistrado asegura que el espacio peatonal en la zona es escaso por la ocupación de quioscos, terrazas y mobiliario urbano, que el Consistorio “tolera e incluso promueve”, y que en ellos no se toma medida alguna para solventar la escasez de espacio, lo que “evidencia la ausencia de interés general en la actuación municipal”.

El Ayuntamiento recuerda que ya cumplió con la cautelar

El Ayuntamiento de Madrid ha recordado que ya cumplió con la medida cautelar dictada por un juzgado referida al paso del sector de la logística y de la distribución del correo, una autorización habilitada antes de proceder al dispositivo navideño de Gran Vía, ha remarcado este miércoles la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, en los pasillos del Palacio de Cibeles.

Sabanés ha respondido así después de que el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 haya confirmado la medida cautelar que afectaba al decreto firmado por el Ayuntamiento que, en su momento, dejaba fuera de la circulación por Gran Vía a estos sectores. Dicha medida cautelar, ha insistido la delegada, se aplicó antes de activarse el dispositivo navideño de Gran Vía.

“Ya cumplimos con esa cautelar antes de proceder al dispositivo de Gran Vía”, ha vuelto a insistir la concejala, que ha añadido que cuando la sentencia habla de interés general “se refiere exclusivamente a la logística y al reparto portal que ya se aplicó y que no puso en cuestión el conjunto del dispositivo de Gran Vía”.

Sabanés ha declarado que la competencia de ordenación del tráfico reside en el Ayuntamiento y que esta sentencia no es más que la confirmación de unas cautelares dictadas en su momento y cumplida en diciembre del año pasado. Estas Navidades, ha añadido, estos sectores volverán a tener el permiso que tuvieron en las pasadas.

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