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Zarpazo de 48 millones de euros a pagar por el Ejecutivo de Barkos

Yolanda Barcina, expresidenta de Navarra.

N. ELIA

El Ejecutivo foral podría tener que pagar 48 millones a los antiguos propietarios de los terrenos de la Ciudad del Transporte. Un cuantioso gasto extra con el que no contaba y que podría suponer un “quebranto” para las arcas públicas, en palabras de la portavoz del Gobierno, Ana Ollo. De nuevo un conflicto judicial del anterior Gobierno de Yolanda Barcina se resuelve durante el mandato de la presidenta Uxue Barkos. Y de nuevo la decisión de los jueces es contraria a los intereses económicos de la Administración foral. La portavoz del Gobierno, Ana Ollo, se refiere ya a la “herencia envenenada” que ha dejado el anterior Ejecutivo.

En este caso, y en la mejor de las hipótesis, 48 millones de euros que saldrán de las arcas forales para ir a parar a las manos de los antiguos propietarios de los terrenos que el Gobierno expropió en 2006 para construir la Ciudad del Transporte. El precio que la Administración debería haber pagado a los antiguos propietarios de los terrenos asciende a más de 54 millones de euros. A esta cantidad habría que sumar los intereses acumulados desde el año 2006, lo que eleva la cifra a 68,5 millones. Pero la Administración ya pagó en su día por los citados terrenos más de 20 millones, por lo que la cantidad restante a desembolsar serían 48,3 millones.

La batalla judicial por el precio de expropiación de los terrenos que hoy ocupa la Ciudad del Transporte comenzó en 2006, cuando el Gobierno estableció un precio de 20 euros por metro cuadrado, mientras que los propietarios valoraban que la cifra debía estar entre los 53 y los 57 euros por metro cuadrado. Dos años más tarde, el Jurado de Expropiación de Navarra fijó el valor en el precio que había pagado el Gobierno, y ambas partes acudieron al Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que un año más tarde, en 2009, ratificó el precio establecido por el Jurado de Expropiación.

En 2012, los antiguos propietarios interpusieron un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, que resolvió que debían ser los tribunales navarros quienes determinaran el precio del suelo, basándose para ello en los precios de venta de mercado de las naves industriales. De forma que, ya en 2013, un técnico designado por el TSJN estableció definitivamente un precio por metro cuadrado que era incluso superior a lo que demandaban los antiguos propietarios. Tras esta pericia, un auto del TSJN fijó el precio en 53 euros por metro cuadrado, una decisión que recurrió el Gobierno de Barcina y que se ha visto ratificada en el último auto.

Un año de tardanza

La consejera de Interior y Justicia, María José Beaumont, ha anunciado que el Gobierno de Barkos estudiará “la posibilidad de recurrir el auto y evitar su ejecución”. Beaumont se mostró muy crítica con el hecho de que el TSJN se haya pronunciado ahora sobre un trámite judicial iniciado por el anterior Gobierno. “Es inaudito que un tribunal tarde casi un año en resolver un recurso de reposición”, cuestionó la consejera. Se mostró, no obstante, de acuerdo con parte de los argumentos que el Gobierno de UPN exponía en su recurso de reposición, en concreto, cuestionando la validez de la pericia judicial que estableció los precios de expropiación conforme a los intereses de los antiguos propietarios de los terrenos.

La lluvia de críticas no es ajena, ni siquiera, al propio auto de la Sala de lo Contencioso Administrativo que obliga al Gobierno a pagar los citados 48 millones. Señala el auto que el Ejecutivo de Barcina hacía gala en su recurso de una “manifiesta temeridad procesal”. Lo que el Gobierno de UPN reclamaba es que el auto que estaba recurriendo incurría “en manifiestas y graves contradicciones con el fallo de la sentencia del Tribunal Supremo que se ejecuta”. Para el TSJN, sin embargo, “nada más lejos de la realidad” que el argumento utilizado por el Gobierno regionalista. A su juicio, los indicadores de mercado que se utilizaron para determinar el precio de mercado “son razonables, coherentes, contrastados y perfectamente explicados” y “sirven idoneamente al objeto de la pericia en los términos marcados por el Supremo”.

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