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Urmeneta no podrá reproducir los dibujos del 'universo Kukuxumusu' que él creó

El dibujante Mikel Urmeneta.

navarra.eldiarionorte

El 'universo Kukuxumusu' no pertenece al dibujante Mikel Urmeneta, que deberá dejar de reproducir los dibujos que le han hecho famoso mientras trabajaba en Kukuxumusu y cuyos derechos fueron cedidos a la citada empresa, en total 15.000 dibujos.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona ha estimado la demanda interpuesta por Kukuxumusu contra Mikel Urmeneta y otros cuatro dibujantes de Katuki Saguyaki y les condena a “cesar o abstenerse de iniciar” la reproducción de los dibujos del 'universo Kukuxumusu', es decir, “los dibujos cuyos derechos económicos de propiedad intelectual fueron cedidos a Kukuxumusu en virtud de los contratos de cesión de derechos”, en camisetas, sistemas informáticos u otros soportes. La sentencia no es firme y cabe recurso contra la misma.

La resolución judicial les condena también a no utilizar dichos dibujos “mediante la venta 'online' o a través de cualquier otro medio o procedimiento de camisetas u otros productos a los que se incorporen”, y a no introducirlos en diferentes sitios web de Katuki Saguyaki, en sus perfiles de redes sociales o “cualquier otro sitio o cuenta”.

Igualmente, el Juzgado de lo Mercantil condena a los cinco dibujantes a cesar en “la transformación en cualquier forma” de los dibujos del 'Universo Kukuxumusu' “en particular mediante su adaptación o recreación en cualquier nueva escena, situación o peripecia en la que pudieran ser colocados, todo ello mientras estén en vigor los derechos de propiedad intelectual sobre dichos dibujos”.

Además, tienen que “retirar del mercado todas las unidades de camisetas y demás productos a los que se hayan incorporado los dibujos del 'Universo Kukuxumusu', incluyendo la retirada de toda clase de folletos, catálogos, listas de precios, materiales publicitarios y promocionales e impresos de cualquier tipo en los que se reproduzcan o transformen los dibujos”.

Indemnización

Asimismo, los demandados deben indemnizar a Kukuxumusu “los daños y perjuicios ocasionados por la infracción de los derechos de propiedad intelectual de los que es titular en el importe correspondiente al precio que deberían haber satisfecho por la obtención de una autorización que les permitiera haber realizado lícitamente la explotación comercial de los dibujos”.

En la sentencia, contra la que cabe interponer recurso, la titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 señala que “se ha acreditado que los dibujos objeto de estampación en camisetas vendidas en la web shopkatukisaguyaki.com, son copia o transformación de los dibujos objeto de cesión y que aparecen identificados como dibujos del 'universo Kukuxumusu'.

“Y de ello no hay duda además porque el propio demandante, a través de su representación letrada, en varios momentos de la vista y durante el interrogatorio del legal representante de la actora, así como conclusiones aportadas, hizo constancia que no estaban reclamando que los codemandados no hicieran uso de su estilo, sino tan sólo que no lo hicieran respecto a los dibujos a los que se refieren los contratos celebrados entre las partes”, añade el fallo judicial.

Para la juez, “debe estimarse la pretensión en los términos solicitados”, ya que “se ajusta estrictamente a lo que ha sido objeto de debate en todo momento e identificado como dibujos del 'Universo Kukuxumusu' y desde luego siempre que se trate de dibujos copia o transformación de los que han sido objeto de cesión, es decir, de dibujos que no reúnen requisitos de novedad y originalidad suficiente por sí mismos como los que han sido objeto de este procedimiento, puesto que si la transformación incorpora una novedad suficiente, no supondría una vulneración de los derechos cedidos”.

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