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El fiscal mantiene siete años de cárcel para los acusados de Pamplona porque hubo “finalidad terrorista”

El fiscal mantiene la acusación por terrorismo en los incidentes de Pamplona

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El Ministerio Fiscal ha elevado a definitiva este miércoles la petición de siete años de cárcel para cada uno de los cuatro acusados por delito de desorden público terrorista en los incidentes ocurridos durante una manifestación en Pamplona el 11 de marzo de 2017 porque no se trató de una “simple algarada” sino que con la convocatoria y realización de la misma había una “finalidad terrorista”.

El fiscal del caso, José Perals, ha expuesto en esta segunda jornada de vista oral que acoge la Audiencia Nacional, que la marcha, que no estaba autorizada formalmente y terminó con fuertes disturbios en el caso histórico, estuvo “perfectamente estructurada” por la izquierda abertzale radical, con el fin de crear un clima de “terror y coacción”.

“Si algo nos ha demostrado la historia es que el terrorismo existe sin la necesidad de muertos. Todo esto sigue siendo lo mismo”, ha explicado el representante del Ministerio Público que ha descartado que los hechos que dejaron tres agentes heridos e importantes daños materiales puedan ser constitutivos de delito de desorden público, puesto que “persiste la herencia de décadas de terrorismo en el País Vasco y Navarra”.

A su juicio, la marcha convocada por la iniciativa 'Errepresioari Autodefensa' de la izquierda abertzale en la que participaron unas 400 personas, prueba que se trata de “la misma dinámica de siempre” y que el ideario y los métodos de lucha de la banda terrorista ETA permanecen, pese a que sea “de manera más episódica”. “Se podrá decir que el Ministerio Fiscal vive en un mundo imaginado que no se corresponde con el actual, que nos gustaría que fuera así, pero lo cierto es que existió una manifestación contra la 'represión'”, ha dicho.

Respecto a la participación de los cuatro jóvenes acusados, de entre 21 y 26 años de edad, el fiscal ha explicado que ha quedado suficientemente acreditada por la versión prestada en la vista oral por los agentes que participaron en el dispositivo de seguridad y que, prueba de que se trató de una actividad planificada, es que tres de estos viajaron desde Rentería (Guipúzcoa) cargados con piedras y artefactos como bengalas, con la intención de “alterar la paz pública” y provocando un “clima de terror” y “violencia inusitada”.

“Dinámica contraria al cese de la violencia”

También ha recordado que prueba de la “violencia intimidatoria” heredada de ETA fueron las consignas --como 'Borroka da bide bakarra' ('la lucha es el único camino'), 'Gora ETA' ('viva ETA') y 'Euskal presoak' ('presos vascos')-- que se corearon durante los apenas 15 minutos que duró la marcha hasta que se desató “la batalla campal”. También pide que los cuatro acusados indemnicen a las víctimas por los daños causados, valorados en 30.000 euros.

Con todo, Perals, que también representó al Ministerio Público en el juicio por la agresión contra dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra), ha modificado su escrito de conclusiones para añadir que “tanto la convocatoria de la manifestación como el desarrollo de los hechos y el comunicado posterior, se deben a la dinámica desplegada por la izquierda abertzale radical que es contraria a la inserción abertzale a las instituciones democráticas y se trata de una dinámica contraria al cese de la violencia del entramado de la organización terrorista ETA”.

El letrado Íñigo Iruín, que ejerce la defensa de Asier P.B, Rubén I.B y Endika E.M, ha pedido la absolución de sus clientes mientras que el letrado del cuarto acusado, Julen P.G ha solicitado ante el tribunal que preside la magistrada María José Rodríguez Duplá su absolución, aunque de manera subsidiaria un año de prisión por delito de alteración de orden público.

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